Todo sea por un voto: Macri aprobó la creación del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca pero con una "trampita"

La novedad es que no será de Agroindustria sino que retornará a la denominación que tuvo durante el kirchnerismo: Agricultura, Ganadería y Pesca. Pero en las competencias "sospechosamente" le atribuye una amplitud inesperada. Las 30 competencias que tendrá la cartera.

Política - Agro 05 de agosto de 2019 Colaborador Colaborador
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Através del decreto 532/2019 firmado por el presidente Mauricio Macri y todo su gabinete ministerial, se oficializó este viernes el retorno de un Ministerio que se encargará de todas las gestiones públicas vinculadas al sector agropecuario.

La novedad es que su denominación será distinta a la que tenía antes de perder ese rango y pasar a ser una Secretaría: ya no será de “Agroindustria” sino de “Agricultura, Ganadería y Pesca”. Es la misma denominación que tuvo durante el kirchnerismo.

Este cambio de nombre constituye de por sí un mensaje sobre las funciones que tendrá el Ministerio, más acotadas a la actividad primaria, mientras que las actividades industriales orbitarán más cerca del Ministerio de Producción y Trabajo, a cargo de Dante Sica. 

También tiene su cuota de oportunismo, ya que la devolución de un Ministerio para el campo ocurre sólo un día antes de que Macri concurra a la 133° Exposición Rural para brindar un discurso en el marco de la inauguración oficial de la muestra.

En este contexto, a través de otro decreto se confirmó que la cartera agropecuaria seguirá a cargo de Luis Miguel Etchevehere.

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¿Una picardía?

En el decreto reglamentario dice claramente que el ámbito de competencia de nuevo ministerio será "incluida la primera transformación”, o sea, el primer proceso industrial, es decir, que definitivamente es un  ministerio que parte la cadena de valor industrial y "se la entrega" a la Sociedad Rural. Esta medida traerá cuestionamientos ya que la conformación de los precios de muchos insumos y materias primas de alimentos (como la harina) quedarán bajo la órbita del mismo Etchevehere. Ponen al lobo a cuidar de las ovejas.

Fundamentos y objetivos

“Considerando la trascendencia que la agricultura, la ganadería y la pesca tienen para el progreso y el desarrollo de la economía nacional y de la población en su conjunto, se hace necesaria la jerarquización de las áreas con competencia en la materia, a fin de fomentar el sector y maximizar la participación de los distintos actores involucrados, con norte en el mayor agregado de valor en el país”, indica el decreto en sus considerandos.

Luego, al establecer las competencias que tendrá este “nuevo” Ministerio, se aclara textualmente que abarcará “todo lo inherente a los productos primarios provenientes de la agricultura, la ganadería y la pesca, incluida la primera transformación”. Es decir, una lectura rápida permitiría concluir que productos con mayor valor agregado industrial responderán ante el Ministerio de Producción y no el de Agricultura. 

En concreto, se establecen 30 competencias para el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca que se copian a continuación: 

1. Entender en la determinación de los objetivos y políticas del área de su competencia.

2. Ejecutar los planes, programas y proyectos del área de su competencia elaborados conforme las directivas que imparta el Poder Ejecutivo Nacional.

3. Intervenir en la elaboración de las estructuras arancelarias en coordinación con las áreas correspondientes, en el ámbito de su competencia.

4. Intervenir en la elaboración y ejecución de la política de reembolsos y reintegros a la exportación y aranceles, en el ámbito de su competencia.

5. Intervenir en la definición de la política comercial en el exterior en el ámbito de su competencia.

6. Intervenir en el otorgamiento de los certificados de origen y calidad de los productos destinados a la exportación vinculados con su competencia.

7. Establecer, en coordinación con las demás áreas de la Administración Pública Nacional con competencia en la materia, líneas de acción, instrumentos de promoción y mecanismos institucionales para el desarrollo de la bioeconomía, incluyendo los aspectos bioenergéticos y biotecnológicos, en las actividades de su incumbencia.

8. Promover estrategias que mejoren las condiciones de acceso a los mercados de los productos agropecuarios, en coordinación con las demás áreas de la Administración Pública Nacional con competencia en la materia.

9. Intervenir, en el ámbito de su competencia, en la elaboración de los regímenes de promoción y protección de actividades económicas en materia de productos primarios provenientes de la agricultura, la ganadería y la pesca, incluida la primera transformación, de los instrumentos que los concreten, y en la elaboración, ejecución y fiscalización de los mismos.

10. Intervenir en la ejecución de planes, programas y políticas de producción, comercialización interna y externa, tecnología y calidad en materia de productos primarios provenientes de la agricultura, la ganadería y la pesca, incluida la primera transformación.

11. Entender en el otorgamiento de las certificaciones oficiales de calidad, de los cupos o cuotas de los productos destinados a la exportación y/o mercado interno vinculados con su competencia.

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12. Promover la apertura y reapertura de los mercados internacionales para el sector de la agricultura, la ganadería y la pesca.

13. Participar en negociaciones internacionales con el fin de facilitar el acceso de los sectores de la agricultura, la ganadería y la pesca en los mercados externos.

14. Participar en la elaboración de estrategias para la solución de controversias, en todo lo referido al acceso de productos de los sectores de la agricultura, la ganadería y la pesca, en los mercados externos, en el ámbito de su competencia.

15. Participar en los foros y espacios de negociaciones regionales y multilaterales y promover acciones de cooperación internacional, en el área de su competencia.

16. Impulsar acciones de promoción comercial en forma conjunta con organismos de la Administración Pública Nacional, tendientes a diversificar mercados, en materia de su competencia.

17. Intervenir, en el ámbito de su competencia, en la promoción, organización y participación en exposiciones, ferias, concursos, muestras y misiones en el exterior.

18. Intervenir en la administración de las participaciones del Estado en las empresas de carácter productivo, en el ámbito de su competencia.

19. Participar en la política laboral y tributaria vinculada a las unidades de producción en el ámbito de su competencia.

20. Entender en la elaboración de políticas, objetivos y acciones atinentes al desarrollo y competitividad de las economías regionales, con la inclusión de los productores agropecuarios, en el ámbito de su competencia.

21. Generar propuestas para el fortalecimiento coordinado de las economías regionales en el marco del Consejo Federal Agropecuario.

22. Entender en el diseño e implementación de políticas y programas para el tratamiento de la emergencia y/o desastre agropecuario.

23. Entender en la elaboración, aplicación y fiscalización de los regímenes de las actividades relacionadas con la producción primaria agropecuaria, forestal y pesquera, incluida la primera transformación.

24. Entender en la fiscalización sanitaria de la producción agropecuaria, forestal y pesquera.

25. Entender en la normatización, registro, control y fiscalización sanitaria, de inocuidad y calidad agroalimentaria, en el ámbito de su competencia.

26. Entender en la tipificación, certificación de calidad y normalización para la comercialización de los productos primarios de origen agropecuario, forestal y pesquero, incluida la primera transformación.

27. Ejercer el control tutelar del Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (Inta), del Servicio nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa), del Instituto Nacional de Vitivinicultura (INV), del Instituto Nacional de Semillas (Inase), del Instituto Nacional de Investigación y Desarrollo Pesquero (Inidep) y del Instituto Nacional de la Yerba Mate (Inym).

28. Intervenir, en materia de agricultura, ganadería y pesca, en la elaboración de las políticas para el desarrollo de las áreas y zonas de frontera.

29. Entender en la defensa fito y zoosanitaria de fronteras, puertos, aeropuertos y en la fiscalización de la importación de origen agropecuario, forestal y pesquero como así también en el monitoreo de las negociaciones sanitarias y fitosanitarias, junto con el Senasa.

30. Entender en el ámbito de su competencia, en lo referido a la coordinación de las acciones de las Consejerías Agrícolas de la República Argentina en el exterior, en coordinación con las distintas áreas competentes”.

Fuente: AgroVoz