
AFIP triplicó la tasa de interés por retrasos en el pago de impuestos
El Ministerio de Economía decidió modificaciones en las fórmulas que actualizan el costo por las deudas impositivas. Habrá actualizaciones bimestrales
Hasta el 28 de Febrero se puede modificar el Domicilio Fiscal del contribuyente, después la AFIP lo realizará de oficio
Economía - AFIP27 de febrero de 2018Recordamos que la Administración federal de Ingresos Públicos (AFIP), a través del Art. 2 de la Resolución General 4176-E, dispuso que los sujetos que tengan constituido el domicilio fiscal electrónico, así como sus autorizados para acceder a las comunicaciones electrónicas que no hubieran informado una dirección de correo electrónico y un número de teléfono celular, deberán registrar los mismos hasta el día 28 de febrero de 2018, inclusive.
Para ello, los contribuyentes deberán ingresar con “Clave Fiscal” al servicio “Sistema Registral”, menú “Registro Tributario”, opciones “Administración de e-mails” y “Administración de teléfonos”.
Si al 1 de marzo de 2018 el contribuyente no hubiera informado los mencionados datos y la AFIP tuviera conocimiento de los mismos por otros medios de información, podrá vincularlos de oficio al domicilio fiscal electrónico, en cuyo caso el contribuyente podrá modificarlos posteriormente.
Para acceder a la Resolución General 4176-E, haga clic aquí.
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