ARCA presenta plan especial de facilidades para regularizar deudas fiscales y de seguridad social

La medida estará vigente desde el 1° de julio y permitirá financiar deudas vencidas hasta abril en hasta 60 cuotas. Aunque ofrece alivios puntuales, no modifica el esquema tributario de fondo que continúa tensionando la actividad económica.

Economía - AFIP18 de junio de 2025Equipo Mundo EEquipo Mundo E
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La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) anunció un nuevo plan de facilidades de pago para la regularización de deudas impositivas, aduaneras y de la seguridad social. El régimen, dispuesto por la Resolución General 5711/2025, estará disponible a partir del 1° de julio y busca captar adhesión principalmente entre pymes, trabajadores independientes y entidades del sector salud. 

Una salida parcial ante un sistema asfixiante
Según el programa ORD. 5711/2025, podrán regularizarse obligaciones vencidas al 30 de abril de 2025, en planes que van desde 36 hasta 60 cuotas mensuales, con tasas subsidiadas y un pago a cuenta que varía según el tipo de contribuyente. Los segmentos más pequeños, como personas humanas y microempresas, accederán a condiciones más amplias; las grandes empresas, en cambio, enfrentan exigencias más restrictivas.

Desde el organismo recaudador se destacó que el objetivo es “promover el cumplimiento voluntario y sostener la recaudación”, en línea con las metas fiscales del Gobierno. Sin embargo, para muchas empresas, la sucesión de moratorias y planes especiales se percibe más como un reconocimiento implícito de la inviabilidad del sistema que como una verdadera solución. Las cargas impositivas siguen siendo elevadas, el régimen es complejo y las normas cambian constantemente, lo que obliga a las firmas a recurrir a estos mecanismos de regularización de manera periódica.

 
Más cuotas, pero las mismas reglas
Aunque el nuevo régimen flexibiliza las condiciones de acceso, no introduce cambios estructurales en el modelo fiscal. El monto mínimo de cada cuota se fija en $2.000 y se mantiene el criterio de punición: quien incumpla dos cuotas consecutivas o alternadas en un plazo de 60 días queda automáticamente fuera del plan. A su vez, el plan no exime de intereses, sino que aplica una tasa equivalente al 50 % de la tasa resarcitoria vigente al momento de consolidación, lo que —en un contexto inflacionario persistente— puede representar un costo financiero significativo.

Además, la adhesión exige allanamiento total en casos judicializados, sin contemplar vías alternativas de resolución para empresas con litigios complejos o disputas técnicas con el fisco.

 
Una política reiterada sin efecto duradero
Este nuevo régimen se suma a una serie de programas similares lanzados en los últimos años, que han servido para aumentar transitoriamente la recaudación, pero no para construir un sistema tributario más equilibrado ni previsible. Desde cámaras empresarias hasta estudios contables coinciden en que, si bien estos planes pueden ofrecer alivio coyuntural, su reiteración es un síntoma del agotamiento de un esquema fiscal que penaliza la formalidad y desincentiva la inversión.

 
Adhesión digital y horizonte corto
A partir del 1° de julio, los contribuyentes podrán ingresar al sistema Mis Facilidades con clave fiscal para adherirse. ARCA no ha comunicado aún el plazo de vigencia del plan ni la meta proyectada de recaudación. En un contexto donde el Estado busca alcanzar equilibrio fiscal a corto plazo, este tipo de medidas parecen apuntar más a cerrar baches que a resolver los incentivos perversos que desalientan la producción y la formalidad.

 
Qué incluye el plan y quiénes pueden acceder
permite financiar deudas por tributos nacionales, monotributo, retenciones y percepciones impositivas, además de obligaciones aduaneras vinculadas a importaciones o exportaciones.

Podrán adherirse:

Personas humanas, sucesiones indivisas, micro, pequeñas y medianas empresas (tramos 1 y 2),
Entidades sin fines de lucro y del sector salud.
 
Cuotas para el resto de los contribuyentes, con pago a cuenta del 20 % 
Tasa de financiación: fija, equivalente al 50 % de la tasa de interés resarcitorio vigente al momento de consolidación.
Caducidad: se dará de baja al incumplir dos cuotas consecutivas o alternadas dentro de 60 días.Adicional: no existe limitación en la cantidad de planes que se pueden presentar y la deuda se consolida al momento de la adhesión.
 
Objetivo de la medida y marco institucional
Según ARCA, la iniciativa refuerza su compromiso de facilitar el cumplimiento fiscal y fomentar la regularización voluntaria, apuntalando al mismo tiempo las finanzas públicas y al desarrollo económico sostenible ..

La medida se sustenta en la Resolución General N° 5711/2025, publicada en la web de la agencia, dentro de un paquete de acciones para mejorar la recaudación sin afectar la actividad productiva.

 
Próximos pasos para los interesados
Fecha de adhesión: desde el 1 de julio de 2025.
Cómo acceder: ingresar vía clave fiscal al sitio “Mis Facilidades” del portal de ARCA.
Se recomienda calcular el pago a cuenta y la cantidad de cuotas según el tipo de contribuyente antes de adherirse.

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