Empresarios cuestionan "doble vara" de la AFIP que cobra intereses, pero no los paga cuando es deudora

La AFIP y las agencias provinciales cargan intereses sobre impuestos impagos, pero cuando ellas son las deudoras licúan los montos por inflación.

Economía - AFIP29 de julio de 2018EditorEditor
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Las altas tasas de interés y la inminente necesidad de exportar para cerrar la el rojo comercial pusieron la lupa sobre los ingredientes del "costo argentino" que dificultan la actividad empresarial y le restan competitividad a la economía. Y por el lado de la mochila impositiva, las empresas, en particular las pymes, advierten que algunas de las "perversiones" del sistema tributario subsisten a la Reforma Tributaria.

En particular se refieren a la doble vara por la cual las agencias de recaudación provinciales y la nacional, la AFIP, cobran intereses resarcitorios y punitorios cuando es la empresa la que les debe impuestos, pero buscan licuar mediante la inflación los saldos que ellas deben a las empresas.

En el caso de la AFIP, tras el vencimiento de un impuesto entran a correr intereses resarcitorios del 3% mensual, los cuales tras veinte días -cobro ejecutivo iniciado mediante- pasan a ser punitorios y ascienden a 4%, lo que equivale a una tasa del 60% anual, (más que el doble de la inflación de los últimos 12 meses). "Esta tasa data de 2011 por lo que no me extrañaría que la actualicen", explicó a LPO el contador Juan Carlos Uboldi, vicepresidente de la Asociación de Industriales de la Provincia de Buenos Aires.

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La AFIP y las agencias provinciales cobran intereses resarcitorios y punitorios cuando es la empresa la que les debe impuestos, pero buscan licuar mediante la inflación los saldos que ellas les deben a la empresa.

"En este momento, la AFIP está tramitando la eliminación de los embargos simultáneos, una medida propuesta por CAME para que no se paralicen las actividades de todas las cuentas de una empresa en caso de impago de un impuesto, solo las que tengan el dinero correspondiente a la deuda", agregó el contador. De hecho, el repaso de esta medida fue lo más aplaudido del presidente Macri en su paso por CAME en el día internacional de las Pymes.

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Con 100 impuestos distintos en el país, solo un puñado genera retenciones de magnitud que se convierten en saldos a favor de las empresas: Ingresos Brutos (II.BB.), Ganancias e IVA, con un apartado especial para el caso de las exportaciones.

Por el lado de los Ingresos Brutos, lo primero que se destaca es que basta con la contratación de un servicio en una provincia distinta de la de la radicación para que las agencias provinciales cobren impuestos por "presunción de actividad", lo que de inmediato duplica la cantidad de agencias a las que hay que pagarles el tributo, cuyas alícuotas van del 3,5% hasta el 5% dependiendo de la jurisdicción. Son las famosas "aduanas" impositivas que el gobierno critica pero siguen vigentes.

"Solo por poner un ejemplo, hay empresas marítimas a las que las provincias les deben más de $12 millones de Ingresos Brutos. El hecho de que las retenciones por estos impuestos sistemáticamente excedan la carga que efectivamente debe pagarse justificó un fallo de Cámara de la justicia de Mar del Plata sobre la inconstitucionalidad del sistema", precisó Uboldi.

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En cualquier caso en el que las empresas tengan un saldo a favor, no pueden pedir la compensación automática para el pago de otros impuestos (siempre con la misma jurisdicción) y deben hacer una demanda de repetición para conseguir la devolución de estos impuestos pagados por adelantado. En este último caso, el trámite rara vez dura menos de un año. Basta recordar que en los últimos doce meses hubo 29,5% de inflación y que en los últimos 7 meses el peso perdió el 32,4% de su capacidad adquisitiva en dólares para entender cómo estas retenciones se convierten en alícuotas encubiertas que licuan las deudas de los fiscos con los contribuyentes. 

Se calcula que todas las provincias acumulan el equivalente a entre cinco y seis meses de recaudación de Ingresos Brutos promedio de saldos a favor de retenciones. "Son aproximadamente unos 12.000 millones de dólares", calculó Uboldi.

Para paliar esto, la provincia de Buenos Aires dispuso un mecanismo "automático" (en realidad en línea)de devolución de deudas de hasta $50.000 -cuando hay empresas a las que les debe más de un millón de pesos-, pero solo quienes cumplan con 16 requisitos con hasta cinco años de retroactividad pueden acceder a este trámite.

Todas las provincias acumulan el equivalente a entre cinco y seis meses de recaudación de Ingresos Brutos promedio de saldos a favor de retenciones. 'Son aproximadamente unos 12.000 millones de dólares', calculó Uboldi.

Por el lado del impuesto a las Ganancias, si una empresa tuvo una año $400.000 de ganancias, tiene que pagar impuestos por el 99,97% de ese monto dividido en diez cuotas bajo el régimen de anticipos. Si en el año las ganancias se reducen a $200.000, entonces le quedará también un saldo a favor. "Se puede pedir la exclusión de anticipos, pero es un trámite engorroso. Y aquí se observa otro fenómeno de inequidad: en caso de no pagar los anticipos porque no hubo ganancias con los que afrontarlos, por ejemplo, igual corren los intereses sobre los anticipos que debería haber pagado la empresa en función de ganancias presuntas irreales o inexistentes, lo cual importa un enriquecimiento indebido", agregó el experto.

"Otro tanto sucede por la imposibilidad de ajustar ciertos costos por inflación, lo que infla contablemente las ganancias en favor del fisco", acotó Uboldi.

Respecto del IVA, la historia es similar. Existe un monto mínimo que genera la obligación de retención, que en el caso de las grandes empresas es del 50% del IVA o más. Y así es otro concepto por el que el Estado cobra por anticipado y acumula deudas con las pymes por las que no paga intereses ni punitorios ni hay ajuste por inflación, razones por las que la AFIP dilata las devoluciones.

Y como el IVA recae sobre el consumidor final, los saldos de reintegros de IVA a las exportaciones son el cuarto gran rubro por el que la AFIP, Aduana mediante, acumula deudas con las empresas. "El trámite de pedido de devolución en estos casos es ?eterno', lo que es paradójico porque es un impuesto que no corresponde en ese caso y engendra una situación de perjuicio para el exportador en un momento crítico de las cuentas externas en el que se necesita equilibrar la balanza de pagos", explicó Uboldi.

 

Con todo, el compromiso de ajuste fiscal del Gobierno con el Fondo Monetario se convierte en el gran motivo para prorrogar este cobro de impuestos encubiertos y también en motivo de puja al interior del sector privado para ser excluidos del ajuste. De momento, el Gobierno ya aseguró que sostendrá la baja de retenciones al agro; por eso las pymes piden que no se haga uso del impuesto inflacionario y de estas alícuotas encubiertas para trasladarles el peso del recorte del déficit. 

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