Nuevo régimen de facilidades de pago para pymes en AFIP

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Con el fin de contemplar la situación actual que atraviesan las Micro, Pequeñas y Medianas empresas se tornó imprescindible la adecuación de ciertas normas de aplicación transitoria, destinadas a incrementar la cantidad máxima de planes de facilidades de pago admisibles y de las cuotas para algunos tipos de deuda.
En el marco del régimen de facilidades permanente dispuesto por la resolución general 4268, se otorgarán mayores facilidades de pago, en forma transitoria, a los siguientes sujetos:
-Las micro, pequeñas y medianas empresas -tramo 1-, desde el 1/12/2018 y hasta el
28/2/2019, podrán regularizar en hasta 6 planes de facilidades sus obligaciones por tipo de
deuda general y en gestión judicial.
-Los contribuyentes y/o responsables que regularicen deudas originadas en ajustes de
fiscalización podrán solicitar para su cancelación, desde el 1/12/2018 y hasta el 31/3/2019, la
adhesión a planes de facilidades de pago de hasta 24 cuotas.