AFIP triplicó la tasa de interés por retrasos en el pago de impuestos
El Ministerio de Economía decidió modificaciones en las fórmulas que actualizan el costo por las deudas impositivas. Habrá actualizaciones bimestrales
La AFIP oficializó hoy el aumento en la franquicia para viajeros que traigan productos del exterior sin obligación de pagar impuestos adicionales, que pasó de U$S300 a 500 dólares por persona si es por vía aérea y de U$S150 a U$S300 si es por vía terrestre.
Economía - AFIP 17 de diciembre de 2018 EditorLa Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) oficializó hoy el aumento en la franquicia individual para viajeros que traigan productos del exterior sin obligación de pagar impuestos adicionales, que pasó de U$S300 a 500 dólares por persona si es por vía aérea y de U$S150 a U$S300 si es por vía terrestre.
La medida se formalizó a través de la resolución general 4361 del organismo, que se publica hoy en el Boletín Oficial.
La suba de esa franquicia será para los viajeros que regresen a la Argentina por vía aérea o marítima, mientras para aquellos que vuelvan al país por vía terrestre o fluvial, el límite se incrementó de U$S150 a 300.
Superados esos topes, el ingreso de mercaderías por particulares quedará sujeto al pago de un único tributo con alícuota del 50%.
La disposición de la AFIP había sido anticipada a comienzos de noviembre y se sumó a la decisión que el organismo tomó en septiembre pasado, que permite a cada viajero ingresar con un celular o una computadora portátil (laptop) sin necesidad de realizar una declaración.
La franquicia de US$ 300 por persona regía desde 1994, y el aumento ahora dispuesto corresponde al incremento de la inflación que incidió sobre la moneda estadounidense durante los últimos 24 años.
Fuentes de la AFIP destacaron que la medida equipara a la Argentina al resto de los países del Mercosur, que ya tienen ese nivel de franquicia.
La resolución también modificó el procedimiento de Declaración de Aduanas en el Régimen de Equipaje y los formularios a utilizar, que ahora serán digitales para aquellos casos en los que se deba abonar el tributo correspondiente por haber superado la franquicia vigente; trasladen mercaderías reguladas por el Senasa; o ingresen dinero en efectivo en moneda extranjera o nacional por US$ 10.000 o más.
Esa declaración deberá integrarse mediante la confección del formulario digital de reporte del equipaje de entrada, el cual estará disponible en el sitio web www.afip.gob.ar, en las aplicaciones para dispositivos móviles y en las terminales de autogestión.
La AFIP justificó el cambio "a efectos de facilitar los procesos de gestión mejorando la calidad de atención y de control de los pasajeros, en consonancia con el avance tecnológico actual y las prácticas de globalización y digitalización, en donde los particulares interactúan directamente con los distintos sistemas informáticos autorizados por el servicio aduanero". Fuente: Télam
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