
AFIP triplicó la tasa de interés por retrasos en el pago de impuestos
El Ministerio de Economía decidió modificaciones en las fórmulas que actualizan el costo por las deudas impositivas. Habrá actualizaciones bimestrales
#FacturaElectronica Será aplicable a partir del día 1° de enero de 2019 para las operaciones comerciales en las que deban emitir comprobantes originales a una empresa grande.
Economía - AFIP21 de diciembre de 2018El ministerio de producción y Trabajodeterminó que el régimen de factura de crédito electrónica MiPyMEs, será aplicable a partir del día 1° de enero de 2019 para las operaciones comerciales en las que una Micro, Pequeña o Mediana Empresa esté obligada a emitir comprobantes originales (factura o recibo) a una empresa grande. La medida fue oficializada este jueves en el Boletín Oficial, por resolución 209/2018.
De esta manera, según la normativa, la empresa grande estará obligada al pago, en la medida en que se encuentre operativo el sistema informático que a tales efectos desarrolle la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), perteneciente al ámbito del ministerio de Hacienda.
El régimen de factura de crédito electrónica MiPyMEs, será aplicable a partir del día 1° de enero de 2019 para las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas que opten por adherir, en su carácter de compradoras, locatarias o prestatarias, en la medida en que se encuentre operativo el sistema informático que a tales efectos desarrolle la AFIP.
En tanto, según la medida oficializada por la cartera de Dante Sica, quedan excluidas del régimen las MiPymes que hubieran sido autorizadas a emitir únicamente comprobantes clase “M” en los términos de la Resolución General N° 1575 de fecha 10 de octubre de 2003 de la AFIP , sus modificatorias y complementarias, o la que en el futuro la reemplace.
En este sentido, aquellas que actúen en carácter de compradoras, locatarias o prestatarias y adhieran al régimen de factura de crédito electrónica MiPyMEs, podrán dejar de pertenecer al mismo en cualquier momento. Sin embargo, para ingresar nuevamente, deberá transcurrir un año a contar desde la baja del sistema.
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