Monotributo 2022: Cuáles son los topes de ingresos y cuánto habrá que pagar

El Monotributo se debería ajustar por movilidad jubilatoria en enero, pero hay incertidumbre sobre si el Gobierno terminará aplicando una ley distinta

Economía - AFIP24 de noviembre de 2021ColaboradorColaborador
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Al completarse el porcentaje de movilidad jubilatoria de 2021 con la publicación del índice trimestral correspondiente a diciembre, se conoció cómo debería ajustarse a partir de enero 2022 los parámetros y el importe a pagar del Monotributo.

La Ley de Monotributo dispone que anualmente se efectuará una actualización de los parámetros ingresos brutos, alquileres devengados y precio máximo unitario de ventas, explicó la presidenta del Consejo Profesional de Ciencias Económicas porteño, Gabriela Russo, y añadió que la adecuación también comprende el importe del impuesto integrado y las cotizaciones previsionales.

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A su vez, está establecido que tanto las escalas como impuesto correspondiente a cada una de ellas, se actualizan en enero de 2022, de acuerdo con el índice de movilidad de las prestaciones previsionales que publica la ANSeS, indicó Ricardo Scalzotto, de PwC Argentina.

En números

El último valor de la movilidad previsional del 2021 ascendió a 12,11%, señaló Agustín Sosa, CEO de Tributo Simple, de tal modo que el índice acumulado para 2021 es de 52,67% de variación anual.

"En virtud de la normativa vigente, la actualización de los parámetros debería ser automática aplicando el índice de movilidad previsional", remarcó Sosa.

Los ingresos y otros parámetros desde enero

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Por lo cual, para permanecer dentro del régimen simplificado a partir de 2022, el límite para servicios sería de aproximadamente $3,59 millones (categoría H) y de $5,39 millones para bienes (categoría K), calculó Russo.

Cuánto habrá que pagar durante 2022
 
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Durante este año el tope para permanecer dentro del Monotributo es de $2,3 millones para servicios (categoría H) y $3,5 millones para venta de bienes (categoría K), indicó.

Incertidumbre legal

No obstante, no se descarta que, como sucedió en las últimas oportunidades, la actualización sea vía la promulgación de una nueva ley, advirtió Sosa.

"A menos de 45 días de 2022, como es habitual, aun no hay certezas acerca de los nuevos valores, lo que genera incertidumbre en el monotributista", subrayó.

"Y al ser la actualización de forma anual, el efecto de inflación derrite los límites mes a mes. Sería oportuno disponer de actualizaciones semestrales", opinó.

Qué pasó hasta ahora

La Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva suspendió por 180 días la aplicación del índice de movilidad jubilatoria a los fines de atender en forma prioritaria y en el corto plazo a los sectores de más bajos ingresos, recordó Russo, y precisó que esa disposición impidió la actualización de los valores de parámetros aplicables durante 2021.

Como una alternativa para subsanar esta falencia, se estableció que la actualización se practicaría con efecto retroactivo al 1 de enero de 2021 considerando la variación del haber mínimo garantizado para las jubilaciones, correspondiente al año calendario completo finalizado el 31 de diciembre de 2020. El índice resultante de aplicar este mecanismo alternativo fue 1,35, agregó.

La AFIP practicó una categorización retroactiva que originalmente dio lugar al devengamiento de diferencias para quienes ingresaron importes menores a la categoría actualizada. Esta disposición luego fue dejada sin efecto por la ley que también actualizó el parámetro de ingresos brutos devengados en forma excepcional, a partir del 1/7/2021, sostuvo.

Teniendo en cuenta que el parámetro de ingresos tuvo una actualización excepcional aplicable a partir de julio 2021, a efectos de estimar los valores 2022 tomamos como base los importes fijados para enero 2021 tal como señala la normativa vigente, continuó.

Pero, de aplicarse alguna adecuación en este sentido, debería reglamentarse, concluyó.

 
 

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