Suspendieron el Régimen de Información de Planificaciones Fiscales

La medida la había adoptado Mercedes Marcó del Pont. Fue criticada por obligar a contribuyentes y a sus asesores a difundir sus estrategias de planificación fiscal.

Economía - AFIP 13 de septiembre de 2022 Colaborador Colaborador
AFIP- 4

El administrador Federal de Ingresos Públicos (AFIP), Carlos Castagneto, informó que el organismo decidió suspender el Régimen de Información de Planificaciones Fiscales, ante el pedido de profesionales.

A través de su cuenta de la red Twitter, el funcionario fiscal expresó: "Escuchamos la demanda de distintos sectores y decidimos suspender la Resolución General 4838/20 de @afipcomunica, que obligaba a contadores y abogados a comprometer el secreto profesional y fiscal de sus clientes".
Correcciones oportunas.

Grandes empresas Argentinas CEPAGrandes Empresas en Argentina: Desempeño entre el 2015 y el 2022

La norma establecía que "una planificación fiscal nacional comprende a todo acuerdo, esquema, plan y cualquier otra acción de la que resulte una ventaja fiscal o cualquier otro tipo de beneficio en favor de los contribuyentes comprendidos en ella, que se desarrolle en la República Argentina con relación a cualquier tributo nacional y/o régimen de información establecido".

También definía "una planificación fiscal internacional incluye a todo acuerdo, esquema, plan y cualquier otra acción de la que resulte una ventaja fiscal o cualquier otro tipo de beneficio en favor de los contribuyentes comprendidos en ella, que involucre a la República Argentina y a una o más jurisdicciones del exterior".

El punto en cuestión pasaba por los alcances de los sujetos sometidos a la obligación de informar a la AFIP de estas planificaciones.

Asimismo, disponía que "la obligación de informar una planificación fiscal deberá ser cumplida por los siguientes sujetos:

a) Contribuyentes: cuando participen en una planificación fiscal comprendida en la presente resolución general.

b) Asesores Fiscales: las personas humanas, jurídicas y demás entidades que, en el curso ordinario de su actividad, ayuden, asistan, aconsejen, asesoren, opinen o realicen cualquier actividad relacionada con la implementación de una planificación fiscal, siempre que participen en dicha implementación directamente o a través de terceros.

Asimismo, los asesores fiscales serán responsables de cumplir con el régimen de información cuando otros asesores fiscales vinculados, asociados y/o conectados directa o indirectamente implementen una planificación fiscal comprendida en los términos de la presente resolución general, independientemente de la jurisdicción donde se encuentre radicado, constituido o domiciliado el asesor fiscal vinculado, asociado y/o conectado directa o indirectamente.

Parámetros legales
La norma establecida constituye una obligación autónoma de cada uno de los sujetos obligados.

El cumplimiento del régimen de información por uno de los sujetos obligados no libera al resto de la obligación de informar.

Finalmente, la norma dispone que "cuando el asesor fiscal se ampare en el secreto profesional a los efectos de la presente resolución general, deberá notificar al contribuyente tal circunstancia".

Fuente: A24

Te puede interesar
Lo más visto