Quilmes vs Esso: La Justicia falló en favor del localidad por el cobro de una tasa municipal a la petrolera

El fallo se festejó en todos los municipios toda vez que esa tasa representa alrededor del 34% de la recaudación municipal.

Economía - Empresas 03 de septiembre de 2021 Colaborador Colaborador
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La Corte Suprema ratificó un fallo en favor de la municipalidad de Quilmes quien había sido demandada por la petrolera Esso por el cobro de tasas municipales. El fallo, se festejó en todos los municipios de la provincia, tiene -además de su génesis económica- un costado político toda vez que la causa era considerada un hito en la defensa de la autonomía de los gobiernos locales.

Esso había demandado en 2002 a ese municipio del sur del Conurbano por un intento de cobro de un remanente por la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene (TISH). La demanda la siguió Axion Energy, que compró en 2014 los negocios de ExxonMobil, propiedad de Esso en Argentina.

La empresa sostenía que la postura del municipio resultaba ilegítima y exponía tres argumentos: que la tasa municipal se liquidaba computando los ingresos originados en otros municipios de la provincia en los que Esso no tenía estaciones de servicio; que la tasa no se originaba en una efectiva prestación de un servicio municipal; y que existía una desproporción entre el monto de la tasa y el costo del servicio.

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La Suprema Corte de la provincia había rechazado la demanda de la empresa basándose en que la normativa autorizaba al municipio a computar en la base imponible los ingresos brutos provinciales, incluyendo aquellos devengados en otros municipios en los que la petrolera no tenía establecimientos. Además, señaló que existió una efectiva prestación del servicio y descartó que la tasa fuese desproporcionada.

En ese contexto, la compañía interpuso un recurso extraordinario federal que fue denegado los jueces del máximo tribunal de la provincia. Eso motivó que Esso presentara su reclamo directamente ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

En agosto de 2018, la Procuración General de la Nación se expidió a favor de la empresa, en una medida que encendió las alertas en todos los municipios de la provincia.

En 2019, la Corte Suprema realizó una audiencia pública entre las partes y participaron la empresa, la municipalidad, pero también lo hicieron la Federación Argentina de Municipios (FAM), intendentes de todos los signos políticos, los empresarios de la Coordinadora de las Industrias de Productos Alimenticios, la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) y el gobierno bonaerense, entre otros.

Este jueves, con la firma de los jueces Juan Carlos Maqueda y Horacio Rosatti, y los votos concurrentes de Ricardo Lorenzetti y Elena Highton de Nolasco, la Corte Suprema confirmó la sentencia de la máxima instancia provincial y rechazó la demanda de Esso. Carlos Rosenkrantz, que se excusó.

El fallo se celebró en los 135 municipios de la provincia toda vez que la postura de la Procuración General había generando temor entre los intendentes por el peso que tiene esa tasa en las arcas comunales.

La tasa de Seguridad e Higiene representa alrededor del 34% de la recaudación municipal y un fallo en favor de Axion podría generar una catarata de demandas judiciales en reclamo de la devolución de fondos ya percibidos, con un resultado catastrófico para los municipios. 

Fuente: La Política Online

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