AFIP triplicó la tasa de interés por retrasos en el pago de impuestos
El Ministerio de Economía decidió modificaciones en las fórmulas que actualizan el costo por las deudas impositivas. Habrá actualizaciones bimestrales
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) terminó de adaptar los procedimientos y la normativa vigente para que las industrias del sector textil, de marroquinería y de calzado, puedan hacer efectivo el beneficio de aplicar el mínimo no imponible de $17.009 por cada empleado en los pagos de los aportes a la Seguridad Social.
Economía - AFIP 05 de febrero de 2019 EditorLa Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) terminó de adaptar los procedimientos y la normativa vigente para que las industrias del sector textil, de marroquinería y de calzado, puedan hacer efectivo el beneficio de aplicar el mínimo no imponible de $17.009 por cada empleado en los pagos de los aportes a la Seguridad Social.
El organismo fiscal habilitó a través del procedimiento en linea o a través de aplicativos, la posibilidad de rectificar las declaraciones juradas que se presentaron en noviembre y diciembre, en las cuales las pymes de esos sectores no pudieron tomar a cuenta el beneficio porque no estaban habilitados los sistemas. La AFIP también permitirá “arreglar” las de enero.
En la última reforma fiscal el Gobierno decidió terminar con la alta dispersión de alícuotas que había de ese impuesto al trabajo, vinculadas al lugar geográfico donde estaba la empresa. La administración decidió unificar en 19,5% la alícuota nacional.
Para las pymes, se estableció un mínimo no imponible por empleado de $12.000 ajustables por inflación en un cronograma gradual de 5 años. Pero para las textiles y las empresas del cuero se permitió anticipar el cronograma al 100% desde noviembre pasado como ayuda ante la caída del consumo que las afecta. Por eso los $12.000 pasaron a ser $17.000 por cada trabajador registrado al ajustarse por la inflación del año pasado.
Los contadores de las empresas tuvieron que seguir presentando las declaraciones juradas correspondientes, en los dos últimos meses del año pasado, pero no tenían habilitado en los sistemas de la AFIP la posibilidad de declarar el mínimo no imponible del 100%. Los sistemas sólo permitían descargar el 20% que es el que abarcaba al general de pymes durante el año pasado. En 2019 ya está vigente el 40%
Los profesionales de las ciencias económicas tendrán ahora plazo hasta el 31 de marzo próximo para poder hacer los cambios correspondientes en las declaraciones juradas y recuperar parte de los impuestos ya abonados.
Fuente: ambito
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