Chaco y las inundaciones: Empresas no chaqueñas son las principales beneficiadas para desmontar en El impenetrable

De las 67 autorizaciones de desmonte por más de 50 mil hectáreas en zona prohibida otorgadas en el Chaco, la gran mayoría de empresas beneficiadas se encuentran radicadas en la Ciudad de Buenos Aires y las provincias de Santa Fe, Córdoba y Buenos Aires

Nacional - Provincias 26 de enero de 2019 Editor Editor
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¿Qué tienen en común Cuenca del Salado SA, Quenia SA, MSU SA, Cofaco SA, Orlando Luis Vicentín, Alejandro Carlos Duhau, Agroganadera La Familia SA, Triad SA, Agroconsulting SA, Ag Postis SA? Son empresas que están radicadas fuera de la provincia del Chaco y forman el selecto lote de las autorizadas a “recategorizar” más de 50 mil hectáreas que se encontraban en zona Amarilla (de acuerdo al mapa de Organización Territorial de Bosques Nativos (OTBN) de la ley nacional de Bosques Nativos –Nº 26.331-) y en las que encuentra prohibido deforestar o desarrollar algún tipo de actividad agrícola, especialmente la agricultura transgénica, intensiva e industrial.

De acuerdo a la información difundida por la organización ambientalista Greenpace, puntualmente son 67 las autorizaciones de “recategorización predial” otorgada en los últimos años por la Subsecretaría de Recursos Naturales del Chaco para favorecer el avance de la frontera agropecuaria en zonas prohibidas por la ley. Vale recordar que, días atrás, la misma Subsecretaría informó que durante 2018 se habían suspendido las autorizaciones para recategorización predial que es un eufemismo para explotar zonas prohibidas por la ley nacional de Bosques.

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Para citar el caso más notable por la cantidad de hectáreas involucradas, la Subsecretaría de Recursos Naturales del Chaco autorizó a la empresa Cuenca del Salado SA, con domicilio en la localidad bonaerense de Villa Moquehua, a recategorizar en el Departamento Almirante Brown más de 12 mil hectáreas de bosques en Zona Amarilla para la siembra de soja, una de sus principales actividades.

En estos 67 casos en particular, hablamos de autorizaciones que fueron firmadas por el organismo público que tiene como función hacer cumplir las leyes, es decir, que gozan la presunción de legitimidad. Ni siquiera mencionamos aquellos desmontes que también se concretan pero sin autorización y que la Subsecretaría de Recursos Naturales suele reconocer aunque alega no contar con las herramientas necesarias para fiscalizar en todo el territorio provincial.

Según Greenpeace, debido a la cantidad de predios y la superficie forestal afectada, nos encontramos con un cambio importante del OTBN original sin haber cumplido los requerimientos establecidos por la Ley Nacional de Bosques y su decreto reglamentario, ni con una resolución del Consejo Federal de Medio Ambiente (COFEMA).

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Penalizar a los desmontadores y a sus cómplices

En 2016, un grupo de legisladores nacionales junto a Greenpeace presentaron un proyecto de ley para incorporar en el Código Penal la pena de 2 a 10 años de cárcel para quiénes violaran la ley de Bosques Nativos, aunque es claro el lobby del sector que hasta hoy ha impedido el debate. De aprobarse, otorgaría herramientas a la justicia para investigar los delitos ambientales, teniendo en cuenta que, actualmente, las sanciones se reducen a multas económicas y, en muchas ocasiones, ni siquiera se llega a tales instancias debido a la connivencia existente entre las autoridades provinciales y el sector empresario. En ese sentido, el proyecto de ley también prevé sanciones para los funcionarios públicos que otorguen autorizaciones de “desmonte, incendio, cambio de uso de suelo o la destrucción de bosques nativos cuando no podía hacerlo por estar prohibida dicha autorización por leyes o reglamentos vigentes a la fecha de la comisión del delito”.

El proyecto de ley completo

http://www.greenpeace.org/argentina/Global/argentina/2016/9/Regimen-Penal-de-Proteccion-al-Bosque-Nativo-DONDA-FINAL.pdf

Sin embargo, en el borrador de reforma del Código Penal que impulsa el gobierno de Cambiemos las penas para quienes violen la ley de Bosques van de apenas seis meses a tres años de prisión, es decir, no implican cárcel efectiva.

Fuente: Chacoadentro.com

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