Con un cuestionado DNU el Gobierno Nacional reformó leyes que impactan en empresas

El Gobierno publicó en el Boletín Oficial el mega Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) para reformar y desregular el Estado, el cual contiene 170 medidas que impactan en el mundo empresarial.

Nacional - Gobierno 12 de enero de 2018 editor
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Presentación del DNU en el Ministerio de la Producción El ministro de Producción Francisco Cabrera junto a Pablo Clusellas, secretario de Legal y Técnica, Pedro Inchauspe secretario de Simplificación Productiva y Pedro Soro, jefe de Gabinete del Ministerio de Transporte.

El Decreto de necesidad y urgencia que anuncio el Gobierno con el fin de desburocratizar el Estado y generar más empleo incluye también una serie de lineamientos para simplificar trámites para pymes y emprendedores. 

El "decreto ómnibus" agrupa 170 artículos en 22 capítulos, en las áreas de gestión de ocho ministerios (Modernización, Producción, Trabajo, Finanzas, Transporte, Cultura, Agroindustria y Energía), dos organismos descentralizados (la AABE y la ANSES) y el Banco Central. 

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Mipyme

La iniciativa propone darle más fuerza tanto a la definición de MiPyME -que establece la SEPyME-, como al Registro de Empresas MiPyMEs, como por ejemplo que la inscripción sola alcance para acreditar tal condición ante los distintos programas/beneficios que la Administración Pública Nacional otorgue. 

Financiamiento

Un punto importante es el del financiamiento. El FONDCE además de financiar emprendimientos e instituciones de capital emprendedor, las que deben registrarse como tales y según la ley son PyMEs con una antigüedad menor a 5 años, también podrá otorgar financiamiento a las PyMEs (no va a importar su antigüedad).

Sociedades 

En cuanto a las sociedades anónimas (SAS), podrán hacer oferta pública de sus acciones. Si bien ya tienen objeto amplio, no tendrán más la obligación de establecer taxativamente todas las actividades en su objeto. Esto reduce los costos de publicación en el boletín oficial y le brindan mayor flexibilidad a la hora de cambiar el rumbo de su negocio.

Además, se reducirán los tiempos de inscripción. En tanto, El Código Civil y Comercial establece la obligación de que las sociedades comerciales presenten de manera encuadernada sus libros contables. Se elimina esta obligación, permitiendo el reemplazando del encuadernado por libros digitales (como los de las SAS).

Garantías

En el caso de las Sociedades de garantías recíprocas (SGR), se amplía su objeto para que puedan garantizar a terceros que no forman parte de estas sociedades.

La norma establece algunos límites a las operaciones de las SGR: no se podrá asignar más del 25% del fondo de riesgo, que deben tener estas sociedades, a garantizar operaciones con un mismo acreedor; o más de un 5% para asegurar las operaciones de un mismo socio partícipe. Lo que se pretende es facultar a la Autoridad de Aplicación para autorizar mayores límites y así permitir que las SGR garanticen la mayor cantidad de operaciones posibles.

Hoy se exige que el socio PyME dé una contragarantía a la SGR, en respaldo de los contratos de garantía que se celebren a su favor. Ahora la Autoridad de Aplicación va a poder exceptuar de éste requisito a determinadas operaciones con carácter general y a algunas en forma particular y a pedido de la SGR.

También, se eliminará el requisito de firma certificada por escribano para los contratos que se celebran en instrumento privado.

La participación en las SGR trae algunos beneficios fiscales. Entre ellos, se establece que los aportes que hagan los socios al capital o al fondo de garantías puedan deducirse del impuesto a las ganancias en el ejercicio fiscal en el cual se efectivizan. 

Esto tiene como requisito que el aporte se mantenga en la SGR por un plazo de dos años. La deducción opera por un 100% del aporte, siempre que el grado de utilización del fondo de riesgo (en el otorgamiento de las garantías) sea del 80% promedio en el período de permanencia del aporte. 

Este 80% se determina a través de una fórmula que establece la Autoridad de Aplicación, y que tiene en cuenta no sólo la cantidad que se garantiza, sino también el tipo de operaciones que se garantizan, la facturación de las PyMEs, cuyas operaciones garantizan, etc. Lo que se propone es facultar a la Autoridad de Aplicación a aumentar ese porcentaje promedio de grado de utilización.

Apertura de importaciones y licencias automáticas

La Secretaría de Comercio eliminó, en este decreto, del sistema de control de Licencias No Automáticas (LNA) más de 300 posiciones arancelarias que ahora podrán ingresar sin ese requisito regulatorio.  Si bien se trata en su mayoría de insumos para la actividad industrial, existen productos puntuales en bienes terminados, como los juguetes, un sector sensible que había crecido al amparo de medidas de protección contra el ingreso de importados a precios de dumping. Otro caso son los hilados de algodón, cuya compra en el exterior será más sencilla, pese a que el país es históricamente un importante productor y ahora atraviesa una crisis. 

Entre los 314 productos de un universo de 1600 posiciones arancelarias que el Gobierno pretende eliminar progresivamente, se destacan laminados de acero, aluminio semielaborado, polipropileno, poliestireno, PVC e hilados de algodón, entre otros. Representantes de algunas de las actividades que quedaron afuera de esta tanda ya fueron notificados por el Gobierno de que en marzo o abril próximos estarán incluidos en futuros listados de eliminación de licencias. 

Fuente: Ambito / Pagina 12 / propia

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