AFIP triplicó la tasa de interés por retrasos en el pago de impuestos
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El régimen de información se aplicará pese a la queja de los colegios de contadores y abogados. Busca evitar las maniobras tendientes a la evasión de impuestos. El caso Pérez Companc demuestra la necesidad de revisar las estructuras tributarias de los grandes contribuyentes.
Economía - AFIP21 de diciembre de 2020ColaboradorAntes de fin de año o más tardar en los primeros días de 2021, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) pondrá en marcha el registro que exigirá a las grandes empresas y personas humanas la información sobre la planificación fiscal, en la que los contribuyentes deberán dar a conocer las estructuras utilizados para recudir las cargas tributarias. En realidad, la planificación fiscal es un mecanismo que las empresas utilizan de forma habitual, y que ahora deberán informarlo al ente recaudador que busca minimizar las maniobras de evasión y elusión de impuestos.
Desde que en octubre la AFIP informó sobre la puesta en marcha del Régimen de Información de Planificaciones Fiscales (IPF), surgieron numerosas quejas de los consejos profesionales de contadores porque supuestamente la medida atenta contra las libertades individuales.
El Colegio de Abogados porteños sostuvo que “con el pretexto de que los contribuyentes utilizan complejas estrategias de planificación fiscal para aprovechar asimetrías a fin de minimizar la carga tributaria se impone una norma imperativa que desconoce, como primera medida, que el artículo 19 de la Constitución Nacional establece que las acciones privadas de los hombres que de ningún modo ofendan al orden y a la moral pública, ni perjudiquen a un tercero, están solo reservadas a Dios, y exentas de la autoridad de los magistrados, y que ningún habitante de la Nación estará obligado a hacer lo que no manda la ley, ni privado de lo que ella no prohíbe”.
Lo cierto es que en el organismo que conduce Mercedes Marcó del Pont advierten que hay estrategias llevadas adelantes por grandes empresas o bien personas con un alto patrimonio que buscan huecos en la normativa para derivar ganancias hacia jurisdicciones más laxas o bien realizar triangulaciones para evitar la tributación ante el fisco argentino. La Resolución General N°4838 que publicada en el Boletín Oficial que la herramienta permite verificar que los tributos correspondientes se ingresen en las jurisdicciones donde realmente se perfeccionan los hechos imponibles. El objetivo de los regímenes de declaración obligatoria de planificaciones fiscales radica en incrementar el nivel de conocimiento respecto de las operaciones y estructuras que utilizan las empresas a los efectos de facilitar a las Administraciones Tributarias la obtención de información temprana.
De hecho, la OCDE viene trabajando para combatir la erosión de la base imponible y el traslado de beneficios, problemas que enfrenta el sistema tributario a nivel global, y que afectan aún más a los países en vías de desarrollo.
Según explicaron en la AFIP, el IPF tiene como objetivo obtener información temprana de las “planificaciones fiscales” implementadas por los contribuyentes con el fin de mejorar la capacidad de fiscalización. De esta forma podrá identificar en tiempo real áreas de riesgo fiscal e incentivar el cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias. La intención es advertir sobre maniobras que no cumplan con las normas fiscales de los impuestos nacionales.
Pese a los reclamos, el régimen apunta una revisión temporal bastante acotada. De hecho, hasta el 29 de enero del año que viene, los contribuyentes que hayan hecho uso de planificaciones fiscales en 2019 y 2020 estarán obligados a presentarlas ante la AFIP. Ya en 2021, la información habrá que entregarla hasta diez días después de iniciada una planificación fiscal. Sería interesante realizar un análisis que extienda el plazo de análisis de los grandes contribuyentes por las operaciones que se hayan hecho en el pasado, derivando fondos al exterior se hicieron a partir de negocios o financiamiento en la Argentina, por lo que corresponde que la tributación se haga ante el fisco argentino.
Por poner un caso en donde se apela a estructuras tributarias para evadir impuestos, el lunes pasado, Ámbito reveló que la AFIP de Macri desistió de avanzar contra Pérez Companc. Concretamente, en 2009, el Grupo Pérez Companc evitó pagar el Impuesto a las Ganancias sobre inversiones en el exterior con el aval del organismo de ese momento. Jorge, el hijo mayor de Gregorio, fue acusado por inspectores de eludir el pago del impuesto a las rentas.
En 2011, el Departamento de Investigaciones de Grandes Contribuyentes Nacionales efectuó un ajuste a Jorge Pérez Companc. El motivo era que declaraba rentas exentas que provenían de una sociedad uruguaya Bymont Corporation SA, cuyo principal activo era otra sociedad pero en Delaware (USA) Santa Margarita LLC. Esta estructura la replicaron los 7 hermanos luego de que su padre les donó su patrimonio líquido consistente en Bonos de Austria (que no pagaban impuestos en Argentina hasta que Cristina Fernández denunció el Convenio de Doble Imposición en 2008). Por caso, las empresas uruguayas tampoco tributan ganancias sobre rentas del exterior.
Fuente: Ámbito
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