Embargarán y harán ejecuciones fiscales a quienes no paguen el Aporte Extraordinario

Con el objetivo de garantizar que todos los contribuyentes alcanzados, la AFIP ya inició 2500 fiscalizaciones integrales. Se trata de personas con patrimonios superiores a los $200 millones que omitieron completar las declaraciones juradas e ingresar los pagos correspondientes.

Economía - AFIP 21 de mayo de 2021 Colaborador Colaborador
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La AFIP iniciará embargos y ejecuciones fiscales a quienes estén alcanzados por el Aporte Solidario y Extraordinario a las grandes fortunas, el impuesto que apunta a recaudar fondos para asistir a sectores afectados por la pandemia y se nieguen a abonarlo, según confirmaron fuentes oficiales a Ámbito.

Con el objetivo de garantizar que todos los contribuyentes alcanzados, la AFIP ya inició 2500 fiscalizaciones integrales. Se trata de personas con patrimonios superiores a los $200 millones que omitieron completar las declaraciones juradas e ingresar los pagos correspondientes.
 
Para avanzar con el proceso de fiscalizaciones iniciado la AFIP habilitará la posibilidad de realizar ejecuciones fiscales y trabar embargos contra esos contribuyentes.

Como resultado de las tareas de control realizadas distintos contribuyentes presentaron sus declaraciones y realizaron el pago. De esta forma, el monto total generado por el Aporte solidario y extraordinario asciende supera los $230.000 millones ($7mil millones más que al vencimiento).

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Sin perjuicio de los procedimientos iniciados, aquellos contribuyentes que adeuden el pago podrán regularizar el capital y las multas a través de planes de pagos que ofrecerá el organismo recaudador.

La AFIP dispuso que, sin perjuicio de los procedimientos de fiscalización iniciados, aquellos contribuyentes que adeuden el pago podrán regularizar su situación a través de planes de pagos. La posibilidad de ingresar a un plan para cancelar el capital y otro para las multas estará vigente hasta el 30 de septiembre de 2021.

Quienes opten por esa vía podrán cancelar el capital adeudado en hasta 3 cuotas (un adelanto del 30% y dos pagos mensuales de 30%). Aquellos contribuyentes que además deben pagar las multas correspondientes por no cumplir en tiempo y forma podrán allanarse a la fiscalización y regularizarlas en 3 tramos.

Las medidas se oficializarán a través de dos resoluciones de la AFIP que se publicarán en los próximos días en el Boletín Oficial.

En total son unas 13.000 las personas en condiciones de pagar el impuesto, pero hay un grupo que no presentó su DDJJ de Bienes Personales en 2019, y dado que el patrimonio de dichos sujetos sería superior a los $200 millones la AFIP sospecha de maniobras elusivas. Si bien hasta el momento no hay información oficial, entre esos 1.200 contribuyentes hay grandes empresarios y famosos.

Una vez que se reglamentó el pago, la AFIP había comenzado a investigar alrededor de 2.500 casos en los que la omisión de la presentación de la declaración jurada constituye prima facie un indicio indubitable de una maniobra para eludir el pago del Aporte solidario y extraordinario.

Una vez que el organismo puso la lupa sobre los casos "sospechosos", cerca de la mitad de esos individuos ya subsanaron su situación e ingresaron la Declaración Jurada de Bienes Personales adeudada. Sobre el resto, alrededor de 1.200 personas, la AFIP iniciará una fiscalización que podría derivar en una penal.

Como contó Ámbito, el organismo encabezado por Marcó del Pont había definido que se iniciarán denuncias penales contra esos contribuyentes por evasión agravada. Aunque, vale aclarar, que las denuncias penales se radicarán en los casos de que no paguen el Aporte.

Por su parte, cuando el ente recaudador reglamentó el gravamen, en enero último, los empresarios alertaron que resultaba "confiscatorio" y que desalentará inversiones. .

Quiénes deben pagar el impuesto a la riqueza
Este impuesto abarca a unas 13.000 personas, que deben abonar por única vez:

  •  2% de sus patrimonios si declaran bienes por más de $200 millones.
  •  2,25% en casos bienes por entre $300 y $400 millones;
  •  2,50% entre $400 y $600 millones;
  •  2,75% de $600 a $800 millones.
  •  3% de entre $800 millones y $1.500 millones
  •  3,25% de $1.500 a $3.000 millones
  •  3,5% mayores a $3.000 millones.
     

Los bienes deberán ser valuados según las normas del impuesto sobre los bienes personales, independientemente del tratamiento que revistan los mismos frente al impuesto y sin deducción de mínimo no imponible.

Aquellas personas humanas de nacionalidad argentina que tengan domicilio o residencia en "jurisdicciones no cooperantes" o "jurisdicciones de baja o nula tributación" serán considerados sujetos residentes a los efectos del ingreso del presente aporte, de acuerdo con la Ley 27.605, que creó este impuesto.

Con esta medida, el Gobierno prevé la repatriación de al menos el 30% de los activos financieros en el exterior durante los 60 días posteriores al 18 de diciembre último, debiendo permanecer esos fondos hasta el 31 de diciembre de este año, con el objetivo de que no se apliquen las alícuotas de bienes del exterior y solo se apliquen las alícuotas de bienes del país.

Fuente: Ámbito

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