Buenos Aires: La Corte Suprema falló a favor de la adhesión a la ley de las ART

El máximo tribunal resolvió con cinco votos a favor y uno en contra la constitucionalidad de la Ley Provincial 14.997 de adhesión a la Ley Nacional 27.348 de Riesgos de Trabajo.

Política23 de mayo de 2020ColaboradorColaborador
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La Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires confirmó la constitucionalidad de la Ley Provincial 14.997 de adhesión a la Ley Nacional 27.348 de Riesgos de Trabajo, y se llamó a constituir los Cuerpos Médicos Forenses.

Con cinco votos a favor, por parte de Luis Esteban Genoud, Hilda Kogan, Daniel Fernando Soria, Eduardo Julio Pettigiani y Sergio Gabriel Torres, y uno en contra, de Eduardo Nestor de Lazzari, el máximo organismo judicial bonaerense declaró el 13 de mayo pasado la constitucionalidad la adhesión a la Ley de Riesgos de Trabajo, lo que supone un avance en el plano laboral.

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De acuerdo con lo informado por la Unión Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (UART), entidad que celebró la determinación del tribunal, "aun quedan aún por constituir los Cuerpos Médicos Forenses para dotar de mayor certidumbre al sistema de riesgos del trabajo".

Este fallo va en en la misma sintonía con los de la Corte Suprema de Justicia de la Nación como muchas otras instancias judiciales vienen avalaron en diversas ocasiones aspectos sustanciales de dicha Ley.

Según UART, el caso Jorge Gabriel Marchetti, que se refiere a un siniestro laboral de un oficial de policía ocurrido en febrero de 2016, sentó un precedente importante, puesto que la Suprema Corte provincial revocó la sentencia del Tribunal de Trabajo N° 1 de Quilmes que primeramente había declarado inconstitucional la Ley 14.997 y asumido la competencia para intervenir y luego había declarado la inconstitucionalidad de los artículos 21, 22 y 46 de la Ley Riesgos de Trabajo.

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El Dr. Genoud argumentó en su adhesión que "no es inconstitucional que el legislador haya elegido un método de adhesión remitiéndose al texto de otras leyes, incorporando una norma nacional y anexando su texto al local, siendo ello una técnica funcional que optimiza la producción de leyes".

Por su parte, la Dra. Kogan expuso: "No es inconstitucional que una ley provincial adhiera a una ley procesal nacional dado que ello no viola el sistema federal, toda vez que está garantizado y asegurado el propio régimen jurisdiccional en la PBA".

Fuente: Ámbito

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