El Gobierno lanza el Programa de Reactivación Productiva que alienta al sector privado a generar nuevos puestos de trabajo

En el marco de la crisis económica, agravada por la pandemia de COVID-19 y las consecuentes restricciones, la iniciativa ofrecerá Aportes No Reembolsables. La medida fue comunicada este viernes en el Boletín Oficial

Economía 04 de junio de 2021 Colaborador Colaborador
Pymes-industriales-NA

En el marco de la crisis económica, agravada por la pandemia de COVID-19 y las consecuentes restricciones, el Gobierno nacional lanzó una iniciativa destinada a generar nuevos puestos de trabajo. Se trata del “Programa Federal de Fortalecimiento de la Reactivación Productiva”, cuya creación fue comunicada este viernes en el Boletín Oficial a través de la Resolución 245/2021.

El mismo tendrá como objetivo la “promoción del empleo y la generación de puestos de trabajo de calidad en el sector privado”. En específico, la medida apunta a la creación de empleo “genuino” en las actividades promovidas en cada una de las provincias que adhieran al programa.

Podrán participar aquellas empresas privadas constituidas en la Argentina, “o que se hallen habilitadas para actuar dentro de su territorio de acuerdo al régimen jurídico vigente” y que “acrediten incrementos en la nómina de trabajadores registrados por tiempo indeterminado y a jornada completa”.

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Se otorgarán Aportes No Reembolsables (ANR) a las empresas “que resulten beneficiarias por cada trabajadora o trabajador contratado por tiempo indeterminado y a jornada completa”, hasta un cupo total de nuevas contrataciones que será determinado en cada convocatoria para cada provincia.

“Cada cupo dará derecho a gozar de un Aporte No Reembolsable (ANR), de hasta 36 pagos mensuales consecutivos, que en ningún caso se extenderá a períodos posteriores al mes de diciembre de 2024, fecha en la cual finalizará el Programa, condicionado a la incorporación de un trabajador o trabajadora”, se indicó en el anexo que acompaña la resolución.

La incorporación del nuevo empleado deberá producir un incremento neto de la dotación de personal contratada por tiempo indeterminado, localizada en las provincias participantes y también en la dotación total del empleador.

“En ningún caso, la cantidad de ANR a desembolsar mensualmente por empresa podrá ser superior a la cantidad de puestos de trabajo efectivamente creados que resultará de comparar mensualmente la nómina del mes por el que corresponde el desembolso con la nómina del mes base determinado por la convocatoria particular”, se señaló en el reglamento.

El programa estará financiado por el Fondo Nacional de Desarrollo Productivo (FONDEP), mientras que los ANR mensuales por contratación que se otorguen se establecerán “en cada convocatoria específica en función de los promedios salariales de cada región”.

El Poder Ejecutivo justificó la iniciativa en el marco del “contexto actual” que “evidencia diversos indicadores que dan cuenta de un proceso de reactivación de la actividad económica industrial y agroindustrial”. Proceso que se busca potenciar “con el desarrollo de medidas que promuevan la recuperación de la producción industrial e impulsen el desarrollo competitivo de actividades con mayor agregación de valor y empleo calificado”.

En la resolución que firmó el ministro de Desarrollo Productivo, Matías Kulfas, se indicó que “no podrán adherirse” aquellas empresas que:

a) Tuviesen deudas impositivas, previsionales, laborales y/o de la seguridad social exigibles.

b) Hayan sido declaradas en estado de quiebra en el supuesto en que no se hubiere dispuesto la continuidad de la explotación, conforme a lo establecido en la Ley Nº 24.522 y sus modificaciones.

c) Tuviesen representantes o directores condenados por cualquier tipo de delito doloso, con penas privativas de la libertad o inhabilitación.

d) Tuviesen representantes o directores que desempeñen funciones públicas en el ámbito de la Administración Pública Nacional y organismos descentralizados.

e) Tuviesen alguna sanción registrada en Registro Público de Empleadores con Sanciones Laborales (REPSAL).

f) No podrán requerirse beneficios en el marco del Programa respecto de contrataciones que hubieran gozado de Aportes No Reembolsables en el marco del Programa Jóvenes y Micro, Pequeñas y Medianas Empresas.

En el caso de que una empresa incumpla en el cronograma de contratación implicará la pérdida del cupo asignado no utilizado. Los cupos dados de baja serán reasignados entre las solicitudes presentadas en la misma convocatoria.

Las provincias interesadas en adherir al programa deberán presentar la documentación correspondiente ante la Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y los Emprendedores que funciona bajo la órbita del Ministerio de Desarrollo Productivo.

Fuente: Infobae

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