Dólar: AFIP limitó las percepciones de Impuesto a las Ganancias a un grupo de contribuyentes

Desde este lunes, varios sujetos quedarán fuera del Régimen de Percepción del Impuesto a las Ganancias que se aplica en conjunto con el Impuesto PAIS.

Economía27 de diciembre de 2021ColaboradorColaborador
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A través de la Resolución General 5123 publicada en el Boletín Oficial, la AFIP dispuso a partir de hoy limitar las percepciones del Impuesto a las Ganancias a los consumos en dólares con tarjetas, turismo y pasajes al exterior.

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Quienes no sufrirán percepciones por la realización de consumos en dólares con tarjetas de débito y crédito que cancelen en pesos, por la compra de servicios de turismo en el exterior, pasajes con destino al exterior, entre otros, son:

  • Las entidades exentas de impuestos por leyes nacionales.
  • Las sociedades cooperativas.
  • Las instituciones religiosas.
  • Las asociaciones, fundaciones y entidades civiles de asistencia social, salud pública, caridad, beneficencia, educación e instrucción, científicas, literarias, artísticas, gremiales y las de cultura física o intelectual.
  • Las entidades mutualistas.
  • Las asociaciones deportivas y de cultura física.
  • Las instituciones internacionales sin fines de lucro, con personería jurídica, con sede central establecida en la República Argentina.

El requisito para tener este beneficio de no percepción es que cuenten con el certificado de reconocimiento de la exención en el impuesto a las ganancias vigente, de acuerdo a lo previsto en la Resolución General (AFIP) 2681.

Fuente: Ámbito

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