Día del Empleado de Comercio: lugares abiertos y cerrados éste lunes

Los locales que decidan abrir sus puertas deberán pagarles a sus empleados como si fuera un feriado. Algunos comercios optan por cerrar, mientras otros por atender al público y hacerle frente a la crisis.

Política - Comercio 23 de septiembre de 2019 Colaborador Colaborador
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Hoy se festeja el Día del Empleado de Comercio y habrá varios negocios que no abrirán. En realidad, la fecha es el 26 de septiembre, pero el gremio mercantil acordó adelantarlo para armas un fin de semana largo y que los trabajadores aprovechen mejor su jornada festiva.

Por eso, este lunes se parecerá un poco a un feriado. La actividad comercial será más bien escasa. Los shopping, por ejemplo, abrirán sus puertas pero funcionarán únicamente el patio de comidas, los cines y los estacionamientos. El resto de los negocios estarán cerrados.

Tampoco funcionarán la mayoría de las cadenas de supermercados más importantes, como es el caso de Jumbo y Carrefour, que ya anunciaron en su páginas web el cierre de sus sucursales. Los bancos también abrirán normalmente.

En cuanto a los comercios comunes, con puerta a la calle, según fuentes de la CAME dependerá de cada caso. "Habrá negocios que abrirán igual y pagarán a sus empleados como si fuera un feriado. Otros darán franco y algunos serán atendidos por sus propios dueños", comentaron voces del sector.

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La fecha en cuestión tiene su origen en la ley 11.729 que fue sancionada el 26 de septiembre de 1933. Esta estableció el régimen de indemnizaciones por despido, las vacaciones anuales pagas, maternidad y, entre otras cosas, el aguinaldo.  Finalmente, quedó instituido en el Convenio Colectivo de Trabajo 130 de 1975 en su artículo 76°.

"Los empleados mercantiles tendrán la opción de prestar o no servicios laborales durante el lunes 23, con todos los efectos y alcances de la mencionada Ley, que asimila dicha conmemoración a los feriados nacionales. Estos días no exigen el otorgamiento de un descanso compensatorio cuando se trabaja, sino el pago de un recargo equivalente del 100%", precisa la Cámara Argentina de Comercio en un artículo de su sitio web.

Esto significa que en el caso de que los comercios decidan abrir y convocar a los trabajadores deberán abonar un 100% más de la remuneración habitual, tal como indica la Ley de Contrato de Trabajo.

El feriado se suspendió durante la última dictadura militar y se restauró en 2010, luego de que en noviembre de 2009 el Congreso Nacional sancionara la ley 26.541.

Fuente: Clarín

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