Ley de Contrato de Trabajo: La UIA muestra preocupación por las modificaciones y pide participación

La Unión Industrial Argentina criticó que el sector empleador no fue convocado en ninguna instancia y que la normativa que modifica los plazos de prescripción de créditos provenientes de la extinción del vínculo laboral, ya cuenta con dictamen de la comisión de Trabajo y Previsión Social.

Política 05 de noviembre de 2020 Colaborador Colaborador
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La Unión Industrial Argentina manifiestó "su preocupación respecto del proyecto S93-20 que modifica plazos de prescripción de créditos provenientes de la extinción del vínculo laboral". La normativa cuenta con dictamen de la comisión de Trabajo y Previsión Social. La Unión Industrial manifestó que no fueron convocados al debate.
 
Para la UIA "el dictamen sustituye el texto del artículo 256 de la Ley de Contrato de Trabajo, que actualmente establece que todos los créditos de origen laboral prescriben a los dos años, y la reemplaza aumentando los plazos y distinguiendo entre dos tipos de acciones: tres años, para las acciones relativas a créditos provenientes de la extinción del vínculo laboral y cinco años para las demás acciones relativas a las relaciones individuales o colectivas de trabajo".

Según la Unión Industrial "la iniciativa carece de argumentos jurídicos que sustenten las modificaciones propuestas y sus efectos son contrarios a los buscados por medidas oficiales orientadas a sostener tanto la actividad económica como el empleo".

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La UIA recordó que en la actualidad los plazos en la práctica son mayores a los establecidos en la LCT en varias jurisdicciones –habida cuenta de las suspensiones o interrupciones dispuestas–. Y al respecto describen que en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el reclamo ante el SECLO suspende el cómputo del plazo de prescripción por 6 meses.

La entidad asegura que "la extensión del plazo de prescripción a cinco años impactará negativamente en los balances de las empresa, que deberán por lo menos duplicar sus previsiones o reservas contables vinculadas a los eventuales reclamos laborales del personal".

También la UIA dijo que "no es novedosa la comparación con el plazo de prescripción que otorga la ley civil" y al respecto describe en un comunicado: "Dicho planteo fue realizado a lo largo de los años al comparar el plazo bianual del fuero del trabajo con el plazo decenal de la ley civil. Si en ese momento se entendió razonable el plazo de dos años, mucho más debería serlo ahora, pues el plazo aquiliano se vio reducido a la mitad, pasando de 10 a 5 años en el nuevo Código Civil y Comercial de la Nación".

Por todo lo expuesto, la UIA reitera "su preocupación por la llegada al recinto de un proyecto que no contó con el tiempo de análisis necesario y sobre el cuál el sector empleador no ha sido consultado. En un contexto signado por la crisis sanitaria, social y económica que atraviesa el país, este proyecto no considera las consecuencias inmediatas -el aumento de la litigiosidad laboral- así como los efectos de segundo orden que podrían generarse -el impacto negativo sobre la sustentabilidad de las empresas y los empleos formales-".

Fuente: Ámbito

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