Habilitan a pagar en cuotas el impuesto a la riqueza

Buscan limitar los litigios frente a quienes plantean que se trata de un tributo "confiscatorio". El primer pago debe realizarse este mes

Economía 11 de marzo de 2021 Colaborador Colaborador
AFIP- 4

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) habilitó la posibilidad de pagar el Aporte Solidario de las Grandes Fortunas en 6 cuotas, como forma de "limitar la litigiosidad" ante los planteos que de no podrían hacer frente a toda la erogación en una sola vez.

"Las personas alcanzadas podrán optar entre el 23 de marzo y el 28 de abril, inclusive, por realizar un anticipo del 20% de la deuda consolidada e ingresar el saldo resultante en cinco pagos mensuales y consecutivos", anunció la AFIP en un comunicado.

La AFIP permitirá un régimen de facilidades de pago a partir de marzo, con un anticipo y  el saldo resultante en cinco pagos mensuales y consecutivos.

La Resolución General N° 4942 dispone que la tasa de financiación será la correspondiente a la de los intereses resarcitorios del organismo. Fuentes de la AFIP señalaron a BAE Negocios  que la decisión de permitir que se realice el pago en cuotas permitirá reducir los conflictos y potenciales litigios de quienes plantearon que no podía integrar todo el monto. "Desactiva litigiosidad y para el Estado es lo mismo cuándo lo ingresa", indicaron.

arbaARBA impulsa una moratoria con quitas que llegan a 100% y un solo pago para IIBB y Monotributo

Cómo adherir al plan de pagos

  • Es  requisito concretar el anticipo del 20% de la deuda consolidada.
  • Las cinco cuotas restantes se abonarán el 16 de cada mes a partir del mes siguiente de concretado el pago inicial.
  • El plazo para presentar la declaración jurada de los contribuyentes alcanzados por el Aporte Solidario y Extraordinario es el 30 de marzo.
  • La solicitud de adhesión al régimen no podrá ser rectificada y se considerará aceptada, siempre que se cumplan en su totalidad las condiciones y los requisitos previstos en la normativa.

A qué se va a destinar la recaudación
El Aporte Solidario y Extraordinario es obligatorio para quienes superen los  $200 millones de pesos de patrimonio personal con una valuación tomada al 18 de diciembre de 2020. La recaudación tiene asignaciones específicas:

  • un 20% será para la compra y/o elaboración de equipamiento médico, elementos de protección, medicamentos, vacunas y todo otro insumo crítico para la prevención y asistencia sanitaria.
  • un 20% se destinará a subsidios a las micro, pequeñas y medianas empresas, con el principal objetivo de sostener el empleo y las remuneraciones de sus trabajadores.
  • un 20% para el programa integral de becas Progresar
  • un 15%  para el Fondo de Integración Socio Urbana
  • un 25% a programas y proyectos que apruebe la Secretaría de Energía de la Nación, de exploración, desarrollo y producción de gas natural.

Fuente: BAE Negocios

Te puede interesar
Lo más visto