Qué dice la nueva prórroga de la Emergencia Sanitaria

El Gobierno decidió extender la Emergencia hasta fines de año. Enterate cuáles son los puntos más importantes de la medida decretada

Nacional12 de marzo de 2021ColaboradorColaborador
coronavrius pandemia

El Gobierno prorrogó emergencia sanitaria por el coronavirus hasta el 31 de diciembre de 202. Lo hizo por medio de un decreto de necesidad y urgencia que extiende las medidas de cuidado por la pandemia. Los viajes se restringen para los países con focos de contagio y alta circulación de nuevas variantes de coronavirus. También se establecen, entre otras cosas, nuevos criterios a seguir frente a los casos sospechosos y los contactos estrechos, como así también para quienes llegan del exterior y los no residentes que vienen al país.

vacuna coronavirus covidCientíficos de la Universidad de La Plata desarrollan una vacuna contra el coronavirus

Las principales medidas de la prorroga de la emergencia sanitaria

● El Gobierno nacional prorrogó hasta el 31 de diciembre de 2021 la emergencia sanitaria con motivo de la pandemia de coronavirus. La emergencia había sido aprobada por la ley 27.541 y luego extendida hasta el 12 de marzo por el decreto 260/20.

● El mismo decreto de necesidad y urgencia establece “ante una situación sanitaria epidemiológica crítica, un régimen de matriculación y/o certificación de especialidad provisoria para quienes no cuenten con el trámite de su titulación finalizado, reválida de título o certificación de pregrado, grado o posgrado en ciencias de la salud, previa intervención del Ministerio de Educación y con certificación de competencias a cargo de los establecimientos asistenciales que los requieran”.

● La nueva normativa considera “zonas afectadas” por la pandemia de covid-19 a todos los países del mundo y como “zonas afectadas de mayor riesgo” a “aquellas que tienen circulación comunitaria de nuevas variantes de COVID-19 que pueden condicionar la capacidad de respuesta del país y requieren de medidas sanitarias específicas”.

● Se amplía a los ministerios de Salud y Desarrollo Productivo la potestad de fijar precios máximos y de adoptar las medidas necesarias para prevenir el desabastecimiento de todos los insumos que sean considerados críticos.

● El DNU además establece que deberán permanecer aisladas durante 14 días quienes sean considerados “casos sospechosos” según la definición de la autoridad sanitaria nacional, hasta tanto se realice el diagnóstico confirmatorio; quienes revistan la condición de “casos confirmados”, según la definición de la autoridad sanitaria; quienes sean considerados “contactos estrechos” de casos de covid-19, según la definición de la autoridad sanitaria nacional, y quienes arriben al país desde el exterior.

● En todos los casos, quienes arriben del exterior deberán brindar información sobre su itinerario, declarar su domicilio en el país y someterse a un examen de salud para determinar el potencial riesgo de contagio. También deberán contar con un test PCR negativo hecho no más de 72 horas previas al embarque.

● Las personas extranjeras no residentes además deberán contar con un seguro de viajero especial para la atención de la covid-19 en el país.

● El Ministerio de Salud estará facultado para recomendar la suspensión o reducción de frecuencias de transporte internacional de pasajeros tanto aéreo, marítimo, fluvial como terrestre, así como la suspensión de destinos.

Fuente: Página 12

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