El Gobierno no extendió la prohibición de despidos y estableció una reducción gradual de la doble indemnización

El decreto que impide a las personas desprenderse de personal vence a fin de año y el Poder Ejecutivo sostiene que no lo prorrogará. A la par, se emitió un decreto que fija un descenso escalonado de las sumas que debe percibir un trabajador cuando es cesanteado sin causa

Economía24 de diciembre de 2021ColaboradorColaborador
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El Gobierno adoptó dos definiciones que eran esperadas especialmente por las empresas. A través de un decreto publicado este 24 de diciembre en el Boletín Oficial, dispuso una reducción gradual de la doble indemnización para los despidos sin causas. A la par, voceros oficiales comunicaron que el 31 de diciembre finalizará la prohibición de despidos ya que la norma que la impuso vence ese día y no será prorrogada.

De acuerdo al decreto 886/21 publicado esta madrugada, desde 1° de enero al 28 de febrero de 2022, el trabajador despedido “tendrá derecho a percibir, además de la indemnización correspondiente de conformidad con la legislación aplicable, un incremento equivalente al 75% del monto de la misma, desde el primero de enero y hasta el 28 de febrero de 2022″.

moroniSindicatos piden que se extienda la prohibición de despidos y la doble indemnización

Esa cifra será del 50% desde marzo y hasta el 30 de abril próximos, y del 25% desde el primero de mayo y hasta el 30 de junio de 2022.

El monto adicional no podrá exceder en ningún caso los 500.000 pesos.

El beneficio “no será aplicable a las contrataciones celebradas con posterioridad a la entrada en vigencia” de esta ley, que fue implementada por primera vez a mediados de diciembre del 2019, poco después del cambio de Gobierno.

La prohibición de despidos y la doble indemnización fueron dos medidas que puso en marcha la Casa Rosada en el contexto de crisis sanitaria, que fueron extendidas por decreto sucesivamente a lo largo de 2020 y, más recientemente, hasta fin de este año.

Esas dos políticas forman parte de uno de las quejas más pronunciadas de las cámaras empresarias en los últimos meses. El presidente de la Unión Industrial Argentina (UIA), Daniel Funes de Rioja, lo bautizó como el “triple cepo” laboral, en lo que identifica como una de las razones por las que el sector privado no puede crear puestos de trabajo formales.

Por el contrario, fuentes del Ministerio de Trabajo, que conduce Claudio Moroni, negaron que la rigurosidad de esta legislación pueda incidir en el ritmo de generación de empleo. “Nos cuesta pensar en evidencia empírica que demuestre que flexibilizar las normas laborales impacte positivamente, ni siquiera el FMI piensa eso ahora”, consideraron en la cartera de empleo.

No obstante, en agosto pasado las autoridades laborales reconocieron que el empleo privado aún estaba 1,5 puntos por debajo del nivel que tenía en febrero de 2020, el último mes antes de la pandemia, y lo comparaban con la situación de otros países para aseverar que la Argentina tenía hasta ese momento una situación menos apremiante. Brasil, estimaron, todavía estaba 11 puntos por detrás de la prepandemia; Chile, unos 6 puntos porcentuales, y los Estados Unidos, unos 5 puntos.

Meses atrás el Gobierno ya se encontraba analizando la posibilidad de pasar a un “esquema intermedio” en el 2022, en el cual la doble indemnización y la prohibición de despidos no iban a desaparecer del todo, pero se iban a flexibilizar, con el objetivo de que eventualmente se eliminen ambas medidas.

Teniendo en cuenta que ya se anunció cómo seguirá la primera de estas políticas, ahora resta saber qué harán las autoridades nacionales con respecto a la prohibición de los despidos, iniciativa que generó que las renuncias se mantuvieran como la principal causa de la desvinculación laboral durante el 2021.

En los considerandos del Decreto, el Poder Ejecutivo señaló que “si bien en la actualidad se observa un marcado proceso de recuperación del empleo asalariado registrado del sector privado”, la cifra todavía “se encuentra un 5% por debajo del nivel observado en diciembre del año 2015″, por lo que “es necesario mantener el objetivo de acrecentar el nivel de protección de trabajadores y trabajadoras formales mediante un incremento de los resarcimientos originados en los despidos incausados”.

“Los efectos de la pandemia sobre la población y el todavía incierto panorama acerca de su evolución, atento a las experiencias que se observan en otros países y al crecimiento del número de contagios en nuestro país, imponen la necesidad de seguir un criterio de prudencia y gradualidad para dejar sin efecto la medida establecida”, se explicó.

 

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