Supermercados: Nuevo sistema de fiscalización para evitar engaños en la información que contienen los rótulos y etiquetas

Se trata del Sistema de Fiscalización de Rótulos y Etiquetas (SIFIRE). Se aplicará para los productos de los rubros de alimentos, bebidas, perfumería, aseo, cuidado personal y limpieza doméstica aptos para el consumo.

Economía31 de marzo de 2021ColaboradorColaborador
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A través de la resolución 283/2021 publicada en el Boletín Oficial, la Secretaría de Comercio Interior de la Nación dispuso la creación del Sistema de Fiscalización de Rótulos y Etiquetas (SIFIRE), que tiene como objetivo prevenir engaños en la veracidad de la información que contienen los rótulos o etiquetas, y garantizar la transparencia y competencia leal entre los distintos bienes disponibles en las góndolas.
 
Dicho mecanismo estará a cargo de la Subsecretaría de Acciones para la Defensa de las y los Consumidores y se aplicará para los productos de los rubros de alimentos, bebidas, perfumería, aseo, cuidado personal y limpieza doméstica aptos para el consumo. El sistema de carácter obligatorio, revisa que todos los bienes de las categorías alcanzadas deben pasar por el proceso de fiscalización antes de su comercialización dentro de todo el territorio nacional.

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A través de un comunicado oficial, la Secretaría de Comercio explicó que el SIFIRE "es una medida estructural que protege a las y los consumidores y apunta a reducir el error o confusión que muchas veces generan las nuevas presentaciones de productos que difieren nula o mínimamente de otros ya comercializados especialmente en aquellos rubros de carácter esencial, habitual y del ámbito doméstico y familiar".

"Al examinar los rótulos y etiquetas de los productos se evitan ventajas comerciales por incumplimientos al régimen legal aplicable, se impide la existencia de vacíos informativos y la inclusión de mensajes con expresiones ambiguas o incompletas que induzcan a una decisión de compra equivocada", señalaron.

La implementación del sistema se aplicará a partir de los treinta días corridos de entrada en vigencia de la resolución.

Fuente: Ámbito

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