
El Silencio del empresariado argentino sobre CFK y la Corte: ¿Conformidad o Complicidad?
La Encrucijada Empresarial Frente a un Fallo Histórico de la Corte Suprema de Justicia
El congelamiento de precios hasta octubre de productos de la canas básica, que el Gobierno denominó “precios esenciales”, fue criticado por la Miguel Acevedo Pte de la Unión Industrial Argentino, que calificó la medida como “electoralista”.
Política - Opinión23 de abril de 2019“No es bueno (el acuerdo), no ataca el verdadero problema que es la inflación. Estos acuerdos de precios no sirven ni sirvieron nunca”, estableció el presidente de la entidad, Miguel Acevedo. También el dirigente indicó que “estos acuerdos nunca han servido porque no atacan la causa, sino los efectos del problema”, en una entrevista con radio FM Futurock.
“Con estos impuestos y estas tasas de interés, los precios van a llegar a las góndolas por las nubes”, admitió luego. “Este año se están tomando muchas medidas electoralistas, se tomaron estas medidas pensando en las encuestas”, añadió en el reportaje que brindó.
Vale destacar que se modificó, por decreto, la Ley de Lealtad Comercial, para fortalecer controles y multas. Al respecto, el ministro de Producción, Dante Sica, sostuvo: “El decreto que hemos sacado de Lealtad Comercial apunta a dar instrumentos al Gobierno para poder cubrir un bache que teníamos en materia de fortalecimiento del mercado interno, donde no había una ley que nos permitiera actuar en casos de competencia desleal. Los instrumentos que legalmente tenemos son los de la ley de Defensa de la Competencia, que revisamos en años anteriores y formalizamos su reglamentación, y por otro lado tenemos la Ley de Defensa del Consumidor, que es del 93 y es muy importante, respecto de la que en este decreto hemos hecho un aggiornamiento para que todos los temas de arbitraje puedan hacerse online”.
Según el decreto publicado este lunes, la ley apunta contra 13 conductas que serán consideradas como ilegales: 1. Actos de engaño, 2. Actos de confusión, 3. Violación de normas, 4. Abuso de situación de dependencia económica, 5. Obtención indebida de condiciones comerciales, 6. Venta por debajo del costo, 7. Explotación indebida de la reputación ajena, 8. Actos de imitación desleal, 9. Actos de denigración, 10. Violación de secretos, 11. Inducción a la infracción contractual, 12. Actos de discriminación y 13. La publicidad comparativa.
Fuente: informe político
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#NotaDeOpinión por Carlos Heller
Por la redacción
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