El Banco Central les prohibió comprar dólares a las empresas con créditos subsidiados

Necesitarán un autorización especial para acceder al mercado de cambios las que tengan créditos con tasa subsidiada u operen contado con liquidación.

Nacional - Gobierno30 de abril de 2020EditorEditor
miguel pesce
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El Banco Central informó este jueves que no podrán comprar dólares sin autorización previa "las empresas que accedan a líneas de créditos con tasas subsidiadas" y tampoco podrán hacerlo mediante "operaciones de compra-venta de títulos valores con liquidación en moneda extranjera". Al 24 de abril, las líneas para micro, pequeñas y medianas empresas para paliar la crisis del coronavirus llevaban desembolsados prácticamente $120.600 millones.

De esta forma, el Banco Central suma también restricciones a la compra de divisas mediante la Bolsa. Cabe recordar que la semana pasada obligó a los fondos de inversión a pasar el 75% de sus inversiones a activos locales como una forma de abastecer la demanda de dólar cable y contado con liquidación.

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La restricción para el acceso al mercado de cambios va en línea con la prohibición de comprar divisas por 18 meses para los autónomos y monotributistas que pidan los créditos a tasa cero. Todas las empresas que recibieron alguno de los créditos al 24% previstos en la Comunicación "A" 6937 y complementarias no podrán hacer operaciones para adquirir dólar bolsa o "contado con liqui", hasta terminar de devolver los préstamos. Además, los bancos "deberán requerir a sus clientes la presentación de una declaración jurada en la que conste que, en el día en que solicita el acceso al mercado y en los 30 días corridos anteriores" no hicieron este tipo de operaciones en bolsa.

Con esta resolución, las micro, pequeñas y medianas empresas que hayan sacado créditos al 24% o con algún otro beneficio "en la medida que tengan vigente esas líneas de crédito, tendrán también limitado el acceso a operaciones de venta de títulos valores con liquidación en moneda extranjera o a la transferencia a entidades depositarias del exterior", señaló la autoridad monetaria.

Solamente podrán acceder al mercado de divisas aquellas empresas con crédito subsidiado que "en el marco de la emergencia sanitaria por el COVID 19" requieran los dólares para "nuevas importaciones de bienes o insumos requeridos en su proceso productivo, pero no podrán cancelar deuda vencida al 19 de marzo de 2020 sin contar con la conformidad previa del Banco Central".

Para comprar dólares las empresas tendrán que presentar una declaración jurada de que ese día y en los 30 días corridos anteriores no han efectuado ventas de títulos valores con liquidación en moneda extranjera o transferencias de los mismos a entidades depositarias del exterior. "También se deberán comprometer a no realizar esas operaciones a partir del momento en que requiere el acceso y por los 30 días corridos subsiguientes", precisó el Central.

También se requerirá autorización del Banco Central para conseguir las divisas para pagar deuda en el exterior "pendiente al 19 de marzo de 2020, cuando el pago no tuviera una fecha de vencimiento o cuyo vencimiento hubiese operado con anterioridad a dicha fecha". La excepción es que "la entidad cuente con declaración jurada del cliente dejando constancia que no tiene pendientes financiaciones en pesos previstas en la Comunicación "A" 6937 y complementarias ni las solicitará en los 30 días corridos siguientes", agregó.

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