ATP: Hasta el 4 de agosto las pymes podrán inscribirse para el pago de julio

Hasta el martes inclusive las empresas podrán anotarse en el pago de salarios correspondiente al mes de julio. No importa la zona donde estén radicadas y tendrán que tener una facturación menor que la de junio 2019. Enterate el resto de los requisitos para poder acceder al beneficio

Economía - Empresas 03 de agosto de 2020 Colaborador Colaborador
pymes

Este programa está destinado a empleadoras y empleadores de cualquier empresa privada, sin importar el tamaño.

Asignación compensatoria del salario

Para el pago de los sueldos de julio, podés inscribirte del 29 de julio al 4 de agosto ingresando a AFIP con tu clave fiscal. Podrán acceder todas las empresas sin importar la zona en la que estén radicadas.

Para el pago de sueldos, el Estado pagará hasta 1.5 Salario Mínimo Vital y Móvil ($25.312) por empleado a las empresas cuya facturación de junio 2020 haya caído frente al mismo mes de 2019.

Las PyMES y empresas grandes que realicen actividades consideradas críticas como turismo, entretenimiento, cultura, salud y deportes de todo el país percibirán el salario compensatorio correspondiente hasta dos Salarios Mínimos Vitales y Móviles ($33.750) por empleado hasta diciembre de 2020.

Se tomará como referencia el salario del mes de febrero de 2020 y el pago se realizará a través de la ANSES, directamente en la cuenta bancaria del empleado.

Requisitos

-Realizar actividades económicas afectadas en forma crítica o tener una cantidad relevante de empleados contagiados por el COVID 19, en aislamiento obligatorio o con dispensa laboral por estar en grupo de riesgo u obligaciones de cuidado familiar relacionadas al COVID 19.
-Pertenecer a un sector que todavía no fue habilitado a funcionar, de acuerdo a la situación epidemiológica de cada provincia.
-Tener una facturación menor que la de junio 2019.
-En el caso de las empresas que hayan iniciado su actividad después de marzo de 2019, se tomará en cuenta la facturación correspondiente a diciembre de 2019 para realizar la comparación.
-En el caso de las empresas que hayan iniciado su actividad durante el 2020, se las considerará afectadas de forma crítica debido a su reciente creación, dando por cumplidos los requisitos exigidos para ser beneficiarias de la medida.
-Respecto a los docentes de escuelas privadas, el Ministerio de Educación informará a la AFIP el listado de instituciones que no perciben ninguna clase de aportes o subsidios para que puedan tramitar el pago del salario complementario, mientras que se analizarán los casos de aquellos establecimientos que sí reciben perciben aportes o subsidios.
-El beneficio no será válido para aquellos empleados que cobren más de $140 mil brutos.

exportacionArgentina-China: Relaciones y oportunidades de negocios

Créditos para empresas que empiezan a recuperarse

-Destinados al pago de sueldos.
-Con garantía del Estado a través del FoGAR y del FONDEP.
-Con tres meses de gracia a devolver en 12 cuotas fijas.
-El monto se calculará en función de la masa salarial a razón de 1,2 Salario Mínimo Vital y Móvil ($20.250) por cada empleado de la empresa que figure en la plantilla de salarios correspondiente a mayo del 2020.

Empresas con facturación entre 0% y 10% más que junio 2019
Podrán solicitar un crédito a tasa 0%.

Empresas con facturación entre 11% y 20% más que junio 2019
Podrán solicitar un crédito a tasa del 7,5%.

Empresas con facturación entre 21% y 30% más que junio 2019
Podrán solicitar un crédito a tasa del 15%.

Créditos a tasa cero para monotributistas y autónomos
 

Se extendió el plazo para solicitar tu crédito. Tenés tiempo hasta el 30 de septiembre.

-El monto máximo es de 150 mil pesos y no podrá superar el 25% del límite superior de ingresos brutos que corresponda a cada categoría de Monotributistas o Autónomos.
-Se acredita como saldo en la tarjeta de crédito, en tres cuotas mensuales iguales y consecutivas.
-En cada una de las tres cuotas, el monotributista o autónomo va a recibir el monto equivalente a lo que debe abonar mensualmente por el impuesto integrado y las cotizaciones previsionales del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes o de los aportes previsionales obligatorios del régimen de autónomos.
-Se puede devolver en un mínimo de 12 cuotas y un máximo de 18 cuotas fijas sin interés, con 6 meses de gracia.
-El Fondo de Garantías Argentina (FoGAR) podrá avalar hasta el 100% de los créditos sin exigir contragarantías.
-Está prohibido comprar moneda extranjera o hacer adelantos en efectivo con el monto otorgado.

Los monotributistas o autónomos cuya actividad esté vinculada a la cultura tendrán un período de gracia más amplio que el resto, de 12 meses.

Requisitos

-No prestar servicios al sector público nacional, provincial o municipal.
-No recibir ingresos por un trabajo en relación de dependencia.
-No ser jubilado.
-Encontrarse en situación crediticia 1 o 2.
-En el caso de los monotributistas, el monto facturado entre el 12 de marzo y el 12 de abril por el solicitante no puede ser superior al promedio mensual del ingreso bruto mínimo de su categoría. Para los monotributistas categoría A, el monto facturado en dicho periodo no puede ser superior a 10 mil pesos.
-En el caso de los trabajadores autónomos, no deben integrar el directorio de sociedades comerciales. Si no realizan aportes al Sistema Integrado Previsional Argentino, deben estar afiliados a cajas profesionales provinciales. Además, su facturación entre el 20 de marzo y el 19 de abril de 2020 no debe haber crecido más del 5% con respecto al mismo período del año pasado.
-Para los trabajadores autónomos que hayan iniciado su actividad después de marzo de 2019, se tomará en cuenta la facturación correspondiente al período del 20 de noviembre al 20 diciembre de 2019 para realizar la comparación. Para aquellos que hayan iniciado sus actividades durante el 2020, se dará por cumplido este requisito por considerarlos afectados de forma crítica.

procrearProcrear 2020: Los detalles del nuevo plan que contempla 9 líneas de créditos diferentes

¿Cómo solicitarlos?

1-Ingresá a AFIP con tu Clave Fiscal.
2-Buscá el servicio “Crédito Tasa Cero”.
3-Completá tus datos e ingresá el importe del crédito que solicitás. El sistema te va a haber indicado el monto máximo y mínimo al que podés acceder.
4-Especificá el número de la tarjeta de crédito en la que querés que se deposite el crédito. En caso de no tener tarjeta, podés elegir un banco para tramitarla o abrir una cuenta a la vista para compras en comercios.
5-El BCRA evaluará tu solicitud. Vas a recibir una notificación a través de la web de AFIP indicando si el crédito que solicitaste fue aprobado o denegado. En caso de ser denegado, AFIP se contactará para informarte los motivos del rechazo.
6-En el caso de ser aprobado, el crédito se depositará en tu cuenta bancaria dos días hábiles después de tu solicitud.

Postergación o reducción de hasta el 95% del pago de los aportes patronales que correspondan al mes de junio de 2020.

Para empleadores que tengan como actividad principal declarada alguna de las afectadas en forma crítica por la pandemia y para quienes la desarrollen en lugares con Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio (ASPO).

Sistema integral de prestaciones por desempleo

Se elevó el monto de las prestaciones económicas por desempleo y será entre 6.000 y 10.000 pesos. Podrán acceder las personas que cumplan las condiciones establecidas en los artículos 113 y 114 de la ley 24013 y en la ley 25371.

Fuente: Ministerio de Desarrollo de la Nación Argentina

Lo más visto