Ratifican que los trabajadores que ya están vacunados con una dosis deben volver a la presencialidad

El ministerio de Trabajo emitió una nota en la que confirmó que los trabajadores que recibieron una dosis y transcurridos 14 días, no están dispensados de volver a la presencialidad laboral. Cuáles son las excepciones

Economía - Empresas 12 de mayo de 2021 Colaborador Colaborador
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Por nota, el Ministerio de Trabajo salió a ratificar que las empresas podrán exigir el retorno a la presencialidad de los trabajadores que recibieron al menos la primera dosis de la vacuna contra el coronavirus.

La cartera que encabeza Claudio Moroni aclaró que el regreso deberá tener lugar transcurridos 14 días de la inoculación, con excepción de los trabajadores de la salud, quienes podrán volver a sus puestos de trabajo una vez que hayan recibido ambas dosis.

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Se trata de una aclaración ya que el Gobierno había establecido hace un mes que los empleadores "podrían convocar al retorno a la actividad laboral presencial a los trabajadores" que hayan recibido "al menos la primera dosis de cualquiera de las vacunas destinadas a generar inmunidad adquirida" contra el Covid-19. Lo había dispuesto a través de la Resolución Conjunta 4/2021, publicada en el Boletín Oficial.

Así, todas las personas en relación de dependencia que cumplan con esa condición podrán regresar a sus puestos "independientemente de la edad y la condición de riesgo, transcurridos 14 días de la inoculación".

 
Las únicas excepciones a esta medida son aquellos empleados con: 

  • inmunodeficiencias congénitas, 
  • asplenia funcional o anatómica (incluida anemia drepanocítica)
  • desnutrición grave; 
  • con VIH dependiendo del status; 
  • con medicación inmunosupresora o corticoides en altas dosis.
     

También quedan excluidos los pacientes con enfermedad oncohematológica hasta seis meses posteriores a la remisión completa; con tumor de órgano sólido en tratamiento, y trasplantados de órganos sólidos o de precursores hematopoyéticos.

Fuente: Cronista

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