La AFIP notificó a 200.000 pymes que tienen trabajadores informales para que los registren

A través de un cruce de información, la administración federal determinó que por sus niveles de facturación o la actividad que desarrolla la empresa “requiere la participación de asalariados”

Economía18 de febrero de 2022ColaboradorColaborador
pymes empleo

En las últimas 24 horas alrededor de 200.000 pequeñas y medianas empresas recibieron en sus domicilios fiscales electrónicos una notificación de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) para alentarlos a que registren a sus empleados. Se trata de contribuyentes que no tienen ante el sistema trabajadores a su cargo, pero que el fisco considera que son “potenciales empleadores”.

“La información disponible en los registros del organismo indica que usted desarrolló actividad económica durante el año 2021 y, asimismo, que cuenta con un certificado MiPyMe que le permite acceder a distintos beneficios. Sin embargo, a pesar de las actividades desarrolladas y las características del sector donde se encuentra registrado, usted no figura registrado como empleador”, advierte la misiva, que fue enviada por la Dirección de los Recursos de la Seguridad Social de la AIFP que encabeza Carlos Castagneto.

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A través de un cruce de información con distintas bases de datos del organismo, el ente recaudador identificó un universo de contribuyentes que no se encuentran registrados como empleadores, pero que por sus niveles de facturación y la actividad que desarrollan “requieren la participación de asalariados en sus tareas”.

Los sectores que están bajo la lupa son, fundamentalmente, cinco: de la construcción, los servicios, el agro, la industria y el comercio. “Pero no hay ninguna obligación de tener empleados en relación de dependencia para encuadrar como MiPyME”, aclaró Sebastián Domínguez, socio de SDC Asesores Tributarios.

Junto con la notificación, desde la Dirección de los Recursos de la Seguridad Social de la AFIP indicaron que fiscalizará y multará a quienes, de corresponder, no regularicen dicha situación. “La omisión de la retención de aportes y el pago de las contribuciones sociales son pasibles de sanciones”, aseveró el fisco.

En caso de que la entidad conducida por Mercedes Marcó del Pont identifique la falta de regularización laboral, la normativa específica indica que se debe calcular los aportes y contribuciones de cada mes en infracción desde el inicio de la relación laboral, además de los intereses y multas.

“Esta notificación no es el inicio de una inspección. A este tipo de notificaciones se las denomina habitualmente como de ‘inducción’ y tiene como objetivo que contribuyentes regularicen a empleados no declarados. Es una campaña de la AFIP, como muchas otras, para que los contribuyentes pongan en regla situaciones irregulares”, diferenció Domínguez.

Durante el año pasado se registraron más de 10.000 trabajadores que fueron dados de alta luego de la inducción llevada a cabo por la entidad. En esta ocasión, en menos de 24 horas de enviadas las notificaciones, 1100 pymes registraron más de 3000 empleados.

En caso de tener empleados no declarados, se puede regularizar la situación presentando las declaraciones juradas determinando los aportes y contribuciones con destino a la seguridad social, obra social, seguros, entre otros.

Pero no solo se tiene que analizar el efecto de las cargas sociales, sino también en efecto a otros tributos como el impuesto a las ganancias, al valor agregado, sobre los ingresos brutos, entre otros. “Esto debido a que la registración de empleadores retroactiva puede tener efectos en otros tributos”, indicó Domínguez.

Asimismo, en la misiva se le recordó a los empleadores que todos los trabajadores tienen derecho a vacaciones, licencias varias, acceso a una obra social, jubilación y ART en caso de sufrir un accidente laboral. “El empleo registrado es inclusión social y promueve una sociedad justa”, cerró la carta.

Sin embrago, desde la AFIP aclararon que en ningún caso recibir una notificación implica una infracción. En todos los casos el empleador puede demostrar por qué no tiene trabajador, si ese fuera el caso.

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