Créditos a Tasa Subsidiada: Ya fueron habilitados por AFIP, enteráte cómo obtenerlos

Hay más de 26.500 empresas que están en condiciones de solicitar los préstamos destinados a empresas que no acceden al salario complementario del ATP 5. Todos los detalles

Economía - Empresas11 de septiembre de 2020ColaboradorColaborador
marco del pont

 
El trámite para acceder a los Créditos a Tasa Subsidiada para el pago de los salarios en agosto ya está habilitado. La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) abrió hoy el registro de la herramienta que estará disponible hasta el 18 de septiembre, inclusive, según se informó.

La quinta edición del Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP) incluye el acceso a préstamos para empresas que durante julio de 2020 hayan registrado una variación nominal positiva en su facturación del 0% al 40% en relación con el mismo mes del año pasado.

"El Programa ATP es una herramienta que permite amortiguar el daño de la crisis sobre la producción y el empleo. El Estado va a seguir presente para contener los efectos de la pandemia sobre el entramado productivo. El crédito será un mecanismo fundamental para encarar un proceso de recuperación", expresó la titular de la AFIP, Mercedes Marcó del Pont.

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Más de 135 mil empresas ya accedieron al beneficio del ATP 5 correspondiente a los salarios de agosto; son más de 1.400.000 trabajadoras y trabajadores del sector privado que este mes recibirán la asistencia estatal.

Existen más de 26.500 empresas que están en condiciones de solicitar los Créditos a Tasa Subsidiada para financiar el pago de salarios de 270.000 trabajadoras y trabajadores.

Cómo solicitar el Crédito a Tasa Subsidiada de Afip

  •  Las empresas pueden registrarse en afip.gob.ar.  La solicitud se inicia a través del sitio web del organismo y se gestionan ante la entidad bancaria seleccionada.
  • Tras registrar la nómina de trabajadoras y trabajadores con pluriempleo, las firmas tendrán habilitada la opción para tramitar su Crédito a Tasa Subsidiada a partir del 15 de septiembre.
  • Las empresas contarán con un período de gracia de 3 meses de modo que el reembolso se realizará a partir del cuarto mes en 12 cuotas mensuales, iguales y consecutivas.
  • La tasa de interés será fija del 15% para todos los casos

Fecha límite para solicitar los créditos

El sistema para tramitar un Crédito a Tasa Subsidiada fue habilitado a partir de la Resolución General N°4813. La AFIP notificará a los empleadores beneficiados que podrán iniciar el trámite hasta el 18 de septiembre.
 

Quiénes pueden acceder 

Los Créditos a Tasa Subsidiada están destinados a empresas que no pueden acceder al salario complementario del ATP 5 y que durante julio de 2020 hayan registrado una variación nominal positiva en su facturación del 0% al 40% en relación con el mismo mes del año pasado.
 
Bonificación por contratación de empleados 
 
El Gobierno anunció que bonificará hasta el 100% de los créditos del ATP 5 a las empresas que contraten personal durante los próximos doce meses. Además, aquellos empleadores que cumplan con las metas de empleo establecidas por el Ministerio de Desarrollo Productivo y cancelen el crédito, recibirán un reintegro total o parcial del beneficio a través del FONDEP.

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Beneficios y metas de empleo

Los beneficios y las metas de empleo serán diferentes según la cantidad de trabajadores que tenga la empresa. Se clasificará a las empresas en 4 tramos:

De 1 a 9 trabajadores
De 10 a 39
de 40 a 199 y
de 200 a 800.

La cantidad de trabajadores que se tendrá en cuenta para determinar el tramo en el que encuadra la empresa será el promedio del cuarto trimestre de 2020. Las cuatro metas de empleo serán evaluadas siempre con este criterio: si la empresa a lo largo de 2021 pasara de tener, por ejemplo, 8 empleados a 12, se la seguirá evaluando con el criterio de las de 1 a 9.

Fecha de cobro ATP septiembre

Desde el sitio de Anses se podrá consultar la fecha de cobro del resto del sueldo aportado por el Estado. Tal como sucedió en las ediciones anteriores, el monto se deposita después del día 10 de cada mes.

Anses informará si el trabajador está registrado en el programa o no. En caso de que no esté, aconseja consultar con el empleador. En caso de que esté, informará la fecha de cobro si la misma ya fue determinada por el organismo.

Fuente: BAE Negocios

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